Continúa en Río Negro el programa nacional de precios máximos

El listado está compuesto por 304 productos y busca aliviar las cargas como consecuencia de los efectos económicos negativos causados por el coronavirus

Río Negro adhirió nuevamente a la decisión del gobierno nacional de prorrogar hasta el 30 de agosto próximo la vigencia de los precios máximos dispuestos para productos básicos, que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza, de acuerdo con sus valores al 6 de marzo último.

Se trata de la tercera prórroga que busca aliviar las cargas como consecuencia de los efectos económicos negativos causados por el coronavirus. El listado está compuesto por 304 productos.

El acuerdo entre la Nación y las provincias se tomó en el marco la reunión del Consejo Federal de Consumo (COFEDEC) para coordinar acciones conjuntas de control e inspección del cumplimiento.

En representación de la provincia participaron en forma virtual el gerente de Fiscalización, Gustavo Fernández y la responsable del área de Defensa del Consumidor, Paola Munyau.

En consecuencia, la provincia anunció que el área de fiscalización de la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (ARTRN) continuará con los controles en los establecimientos comerciales alcanzados por la normativa nacional.

Todas las jurisdicciones que participaron del encuentro expresaron la necesidad de que la norma alcance a los formadores de precios, es decir al primer eslabón de la cadena.

En la norma, se intima además a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión” durante el período de vigencia de la medida.

La resolución, que lleva la firma de la secretaria del área, Paula Español, extiende los alcances de la Resolución 100/2020, emitida el 19 de marzo último.

Respecto el listado, Fernández explicó a RÍO NEGRO que “el listado no es taxativo” argumentando que en este caso que se trata de una imposición del Estado por una situación especial (como la pandemia) porque cubre a toda la cadena de comercialización, las sanciones pueden ser otras, y es para “evitar desabastecimiento y aumento injustificado de precios”. Recordó que los antecedentes están ligados a una antigua Ley de Abastecimiento.

En la normativa provincial se indica que los sujetos obligados a dar cumplimiento a la normativa vigente deberán presentar con carácter de declaración jurada ante el área de Defensa del Consumidor de la Provincia un listado de precios sobre los productos básicos de primera necesidad, higiene, limpieza y desinfección en general, al 6 de Marzo, discriminado por marca y presentación.


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