“Cooperativa La Estrella de Cinco Saltos: no tropezar dos veces con la misma piedra”

Por Redacción

El 11 de octubre del 2013 presenté en este mismo medio una carta dirigida fundamentalmente a los socios de la cooperativa “La Estrella Ltda.” de Cinco Saltos, que sugiero humildemente –al menos a los interesados– vuelvan a releer, a fin de recordar algunas cuestiones poco claras ya desde aquel momento. En aquella misiva dirigida a los lectores en general y a los socios en particular, luego de una breve introducción de los hechos de los últimos tiempos, puse a consideración algunas situaciones que aún hoy sigo considerando sumamente delicadas sobre la gestión de la misma. Lo hice formulando simplemente preguntas, las cuales tengo derecho a formular como socio, y que nunca tuvieron respuesta, salvo la descalificación inoportuna, falaz y mentirosa de su presidente Juan H. Zapata y parte de los consejeros en el medio radial, quienes se sintieron evidentemente perturbados –tal vez por el control de lo que pudiera suceder a futuro–, a tal punto que hubo a partir de ese momento, como muchos recordarán, renuncias importantes, y que al presente culmina de igual modo con las de las síndico titular y suplente. Hoy, con la nueva documentación estatutaria –que los socios deberían tener o al menos conocer–, el Ministerio de Desarrollo Social, gobierno de Río Negro, a través de Dirección de Cooperativas y Mutuales el Inaes, mediante resolución Nº 7858 /12 reformó el mismo y pasa a llamarse Cooperativa de Consumo, Crédito, Vivienda, Servicios Públicos y Sociales “La Estrella” Ltda. En el capítulo VII –De la fiscalización– plantea, en particular en el artículo 63º, en relación a ambos síndicos, cómo deben ser elegidos, cuáles son sus deberes y atribuciones. En relación a este último punto, en el artículo 65º, inciso c, indica “Verificar el estado de caja, y la existencia de títulos y valores de toda especie”. A lo expuesto sumamos el artículo 68º, donde expresamente indica que la Cooperativa contará con un servicio de Auditoría Externa, de acuerdo con las disposiciones del artículo 81º de la ley 20.337. Los informes de auditoría se confeccionarán por lo menos trimestralmente y se asentarán en el libro previsto en el artículo 22º de este estatuto. Es radical que los socios adviertan la gravedad que supone no contar con las síndicas, la incertidumbre sobre los argumentos de sus renuncias y la fecha cierta en la que fueron efectivizadas. Sería sumamente importante que vayan sacando sus propias conclusiones y operen en consecuencia, a los efectos de que el tiempo no los sorprenda con lo que hoy es un escenario monetario financiero, “capital accionario de los socios”, operando sin ningún tipo de control. Tampoco debemos olvidar que al momento de ser desplazada –a mi juicio, como golpe institucional– una parte de la anterior comisión, existían alrededor de $ 4.000.000, plazos fijos y una jugosa renta que ingresa por el alquiler del inmueble a la Cooperativa Obrera, que oscila en promedio los $ 210.000 mensuales, producto de un porcentaje sobre las ventas. A esto debe sumarse lo capturado vergonzosamente, entre otras cosas, con las cuotas de los cursos para matricular gasistas de 2ª y 3ª categoría, montos sobre los cuales alguna vez deberán responder. La construcción de la farmacia es otro punto álgido de la actual gestión en esta maratón de desprolijidades. La misma se realiza a espaldas de una asamblea resolutiva, con un tipo de construcción en contrario al proyecto que ya había sido aprobado por los socios a instancias de la anterior comisión y aplicando un método técnico-administrativo poco claro y sospechoso. Digo esto por cuanto, al efectuar la misma por el llamado “sistema de administración” no se requiere de ningún tipo de control, sería una situación totalmente diferente si se encausase por licitación pública con concurso de precios transparente. Tampoco se hallan a disposición de los socios los planos aprobados, maqueta, video o información alguna en la construcción, el monto de la obra, profesional responsable, controles de las áreas de cobertura de la ART e Higiene y Seguridad Laboral propia y a cargo de la empresa de la construcción, como así también los avales y antecedentes de la misma, tiempo de ejecución, etc., tal como debiera figurar en la cartelera de obra signado por las buenas artes de la construcción. Repito nuevamente a los socios que cuando no se ejerce un verdadero y prolijo control de las actividades, respetando fielmente el estatuto, que es la Carta Magna de las Cooperativas, al menos comienzan actitudes sospechosas que finalmente pueden tener ribetes impredecibles, a tal punto de que se vuelva a repetir la historia. Los memoriosos recordarán que la Cooperativa de Cinco Saltos ya pasó por un crack financiero que dejó, entre otros, a todos los empleados sin trabajo y un sin fin de juicios que fueron luego sorteados por comisiones conformadas por personas cuya moral y trayectoria son incuestionables y que lograron con mucho trabajo y con más aciertos que errores poner a la misma otra vez de pie. En mi reflexión final digo que desde tiempos inmemoriales se señala que “el hombre es el único animal que tropieza dos veces con la misma piedra”. Desearía fervientemente que la sociedad cincosaltense se anime a cambiar la cita. Silvano Pedro José Giacolla Caruso D.N.I. 8119.343 Cinco Saltos

Silvano Pedro José Giacolla Caruso D.N.I. 8119.343 Cinco Saltos