Cuestionaron la liberación de condenados por delitos de lesa humanidad en la región

Los jueces Orlando Coscia y Eugenio Krom consideraron que Maldonado había agotado “la totalidad de la pena impuesta”y que Casagrande “lleva cumplidos más de las dos terceras partes de por ley para definir su soltura”.

La Fiscalía Federal objetó el cómputo de la pena por el que fueron liberados Máximo Maldonado y Enrique Casagrande, dos de los condenados por delitos de lesa humanidad en la región durante la última dictadura.

Los jueces Orlando Coscia y Eugenio Krom consideraron que en el caso de Maldonado se había agotado “la totalidad de la pena impuesta”, por lo no deberá responder ante la Justicia por otras causas de la dictadura, y el en de Casagrande que “lleva cumplidos más de las dos terceras partes de por ley para definir su soltura” por lo que se le confirmó el régimen de excarcelación y libertad condicional.

Sin embargo, desde la Fiscalía cuestionaron la forma en la que se realizó el computo de los años de pena, cuyo resultado llevó a la resolución que los jueces emitieron el 26 de abril.

Tanto Maldonado como Casagrande se convirtieron en los primeros en ser liberados por crímenes de la dictadura cometidos en la región, aunque actualmente residen en Ituzaingó el primero, y en San Luis, el segundo.


Enrique Charles Casagrande, condenado a 10 años en 2012 por la desaparición y torturas de Rubén Ríos durante la dictadura, fue liberado por el cumplimiento de las dos terceras partes de su condena.

Por la resolución del 26 de abril de los jueces Orlando Coscia y Eugenio Krom, Casagrande y Máximo Maldonado son los primeros liberados entre quienes fueron condenados por delitos de lesa humanidad en la región.

Los jueces resolvieron que “lleva cumplidos más de las dos terceras partes de por ley para definir su soltura”; por lo que se le confirmó el régimen de excarcelación y libertad condicional.

Casagrande es de Inteligencia del Ejército, especializado en “interrogatorios de prisioneros de guerra” según su legajo, y según lo dijo en el juicio el querellante de Ríos, Marcelo Hertzriken Velasco, “era Pedro en el centro de torturas”, en relación a uno de los que interrogaba a los desaparecidos en el galpón de Chapa.

En la causa “La Escuelita” se indicó que varios interrogadores pudieron usar el mismo apodo, entre ellos se señaló a Mario Gómez Arenas, Oscar Lorenzo Reinhold y Jorge Molina Ezcurra. “Hubo varios Pedros”, indicaron los fiscales.

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Casagrande fue detenido 3 meses en 2007, luego 5 años y tres meses desde el 2008 al 2013 y al término del juicio, tenía régimen de excarcelación con presentación espontánea mensual (sistema de libertad condicional) ante una comisaría federal de San Luis, donde reside.

Al igual que con el caso de Maldonado, al que se le declaró “agotada la pena” en los juicios neuquinos porque no deberá responder ante la justicia por otros casos de secuestros y desapariciones durante la dictadura, la sentencia de La Escuelita II sigue en apelación.

Las liberaciones de ambos condenados por delitos de lesa humanidad no estuvo vinculada a la reciente resolución de la Corte Suprema que aplicó el beneficio del “dos por uno” para reducir la pena de Luis Muiña, condenado en 2011 a 13 años de prisión por el secuestro de Jacobo Chester y Jorge Mario Roitman.


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