Cufré y exjefes policiales: culpables pero libres

Fueron condenados a cuatro años de prisión por la negligencia con la que actuaron ante los crímenes de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco, ocurridos en 2010 en Bariloche. Tres policías, Epuñan, Pil y Sobarzo, recibieron la misma pena pero por homicidio en riña.

Durante más de 8 años caminaron por las calles de Bariloche para reclamar justicia. Nunca dejaron de exigir que los culpables de lo que ocurrió el 17 de junio de 2010 en esta ciudad fueran juzgados. Pero ayer se retiraron con bronca y el mismo dolor. La sentencia que condenó a 4 años de prisión al exsecretario de Seguridad y Justicia de la provincia Víctor Cufré, al exjefe de la Policía de Río Negro Jorge Villanova y al extitular de la Unidad Regional Tercera Argentino Hermosa por su desempeño negligente durante esa violenta jornada, no ayudó a cerrar la herida de los familiares de las víctimas.

Sin embargo, se trata de un fallo histórico. Por primera vez, los máximos responsables de la seguridad y de la Policía de la provincia durante el gobierno del exgobernador radical Miguel Saiz fueron juzgados por un tribunal y condenados por su responsabilidad en los hechos que ocurrieron. El hilo esta vez no se cortó por lo más delgado.

La sentencia de los jueces Marcelo Barrutia, Juan Lagomarsino y Emilio Riat confirmó además lo que denunciaron durante años los familiares: Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco murieron por las graves lesiones que causaron las postas que plomo, que salieron de escopetas policiales.

El fallo no está firme. Por eso, Cufré y los exjefes policiales seguirán en libertad. El defensor particular Sebastián Arrondo adelantó ayer que presentará un recurso de casación, para que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia revise el fallo.

Ayer, Cufré, Villanova y Hermosa no asistieron a la lectura de la sentencia, que tiene más de 160 páginas, pero que se focalizó en los aspectos más destacados.

Los tres fueron condenados a 4 años de prisión como coautores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y de homicidio culposo, que era el más grave en relación a la imputación fiscal, y lesiones culposas. El tribunal les impuso además 8 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y toda actividad que implique o suponga la dirección, uso o manejo de armas.

El Código Penal reprime el incumplimiento de los deberes de funcionario con una pena que va de un mes a 2 años de prisión y si no hubiese estado atado al homicidio culposo ya hubiese prescripto. Justamente, el delito del homicidio culposo permitió mantener viva la acusación. Con un detalle. Como los hechos ocurrieron antes de que se reformara ese artículo del Código Penal, que agravó la pena, los jueces tuvieron que ceñirse al texto anterior. Por eso, debieron ajustarse a una escala penal que va de 2 a 5 años de prisión.

La pena impuesta por el tribunal coincide con el pedido que habían formulado los fiscales Martín Lozada y Eduardo Fernández al cierre del juicio que se extendió durante un mes y por el que pasaron más de 50 testigos. Los jueces absolvieron al exsegundo jefe de la Regional Tercera Fidel Veroíza y al extitular de la comisaría 28 Jorge Carrizo.

Explicaron que la absolución se impone no sólo porque los fiscales retiraron la acusación, sino porque en el juicio se probó que Veroíza nunca estuvo al mando de la Regional y Carrizo nunca abandonó su puesto en la comisaría, donde se desencadenaron los violentos hechos tras el homicidio de Diego Bonefoi a manos del cabo Sergio Colombil la madrugada del 17 de junio de 2010. Colombil fue condenado en 2011 a 20 años de prisión.

El hecho

Familiares y amigos de Bonefoi atacaron con piedras la comisaría 28. Hasta intentaron incendiarla, indicaron los jueces en el fallo. Luego, vino el caos y la represión policial. En ese contexto mataron a Cárdenas y Carrasco.

La abogada por la querella Natalia Araya, que representó a Karina Riquelme, viuda de Cárdenas, había solicitado 6 años de prisión para Cufré, Villanova, Hermosa y Carrizo. Pero había desistido de acusar a Veroíza. La abogada Marina Schifrin, en representación de los padres de Carrasco, había pedido 6 años de prisión para los cinco acusados y la detención inmediata.

La investigación, que se extendió por varios años, no pudo establecer quién fue el autor de la posta de plomo que, de rebote, mató a Cárdenas. La víctima tenía 29 años, dos hijos pequeños con Riquelme y era empleado gastronómico.

Los jueces concluyeron que del grupo de policías integrado por Víctor Darío Pil, Marcos Epuñan y Víctor Hugo Sobarzo salió el disparo letal. Por eso condenaron a 4 años de prisión a los imputados por el delito de homicidio en riña y 8 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y toda actividad que implique o suponga la dirección, uso o manejo de armas.

Riquelme, sin embargo, se quedó con la amarga sensación de que no hubo justicia. Araya había solicitado 8 años de cárcel.

El tribunal valoró, sobre todo, para la condena de Pil, Epuñan y Sobarzo la minuciosa pericia del físico Rodolfo Pregliasco y del perito balístico Roberto Nigris.

“Estos tres policías son precisamente individualizados como Epuñan, Pil y Sobarzo, con la identificación mediante imágenes realizada por el segundo jefe de la Regional Tercera, Mario Villalba”, afirmaron los jueces.

“Por ello los tres deben responder por el homicidio de Cárdenas en los términos del artículo 95 del Código Penal, ya que al no haberse podido determinar quien de los tres disparó el proyectil que –con rebote mediante– causó la muerte de Cárdenas, entonces responden todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido, es decir, en este caso concreto, los tres que dispararon sus escopetas en esos momentos, inmediatamente luego de lo cual, cae herida mortalmente la víctima”, concluyeron en la sentencia.

“Hermosa, Villanova y Cufré abordaron el conflicto con negligencia: al abandonar la ciudad y perder control del operativo”.

Parte de la sentencia de la Cámara Criminal Primera.

“Los tres más importantes referentes y garantes de la seguridad pública (…) no debieron abandonar el lugar”,

escribieron los jueces Riat, Barrutia y Lagomarsino.

“Pregliasco explicó cómo fueron relacionados los acusados: por sus vestimentas, portación y uso de las escopetas”.

Pasaje del fallo, habla del perito Rodolfo Pregliasco.

Marcelo Barrutia, Juan Lagomarsino y Emilio Riat, los jueces que dictaron una sentencia histórica.
Alfredo Leiva

“Se agravó la situación al convocar en forma indiscriminada a policías que no tenían preparación ni experiencia”.

Parte de la sentencia conocida ayer.

Víctor Hugo Sobarzo, oficial de la Policía

Fue condenado por homicidio en riña. En el juicio quedó demostrado que estaba en el grupo que disparó a Cárdenas.

Víctor Darío Pil, oficial de la Policía

Recibió la misma condena, que incluye en los tres casos la inhabilitación para ocupar cargos públicos por 8 años.

Marcos Epuñan, oficial de la Policía

Formaba también parte del grupo del que salió el disparo. En esos 8 años tampoco podrán usar armas de fuego.

Víctor Cufré, exsecretario de Seguridad

Fue jefe de Policía en 2007, bajo el gobierno de Miguel Saiz, y tres años después asumió como secretario de Seguridad.

Jorge Villanova, exjefe de la Policía

Asumió la Jefatura de la Policía de Río Negro cuando Cufré llegó al gabinete provincial. Y se retiró en el 2011.

Argentino Hermosa, exjefe de la Regional

Condujo la Regional Tercera de la Policía en el 2010 y fue destituido ese mismo año, luego de los crímenes.

La bronca de las familias de las víctimas

Karina Riquelme se quedó en la sala junto a sus abogados cuando terminó la audiencia. “Para mí no hubo justicia”, afirmó después en un breve contacto con “Río Negro”. “Siento bronca, desilusión, tristeza porque a ellos le dan cuatro años, yo a mi hijo toda la vida lo perdí; en cuatro años no me lo van a devolver”, expresó Carmen Curaqueo, madre de Nicolás Carrasco.

Que no vuelva a pasar otro 17 de junio, que otras madres no se sientan como me siento yo. A mí me arrebataron a mi hijo y no hay vuelta atrás, por más que ellos digan cuatro años de [cárcel] efectiva”.

Carmen Curaqueo, la madre de Nicolás Carrasco

Datos

“Hermosa, Villanova y Cufré abordaron el conflicto con negligencia: al abandonar la ciudad y perder control del operativo”.
“Los tres más importantes referentes y garantes de la seguridad pública (…) no debieron abandonar el lugar”,
“Pregliasco explicó cómo fueron relacionados los acusados: por sus vestimentas, portación y uso de las escopetas”.
“Se agravó la situación al convocar en forma indiscriminada a policías que no tenían preparación ni experiencia”.

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