Desbordes cloacales en Roca: revés judicial para Provincia y ARSA

En 60 días deberán presentar un plan de trabajo para evitar nuevos desbordes en la zona oeste de la ciudad. El Amparo Ambiental había sido presentado por el municipio en el 2018.

La Justicia falló a favor de las autoridades municipales e intimó a la empresa ARSA y al Estado provincial a presentar un plan de trabajo en un plazo de 60 días para evitar nuevamente los desbordes cloacales en el barrio Alta Barda, en la zona oeste de la ciudad.

La medida fue dada a conocer ayer tras el fallo de la jueza Andrea de la Iglesia -titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N°3- quien reconoció la deficiencia en el servicio y solicitó un plan de trabajo para solucionar el problema.

El Amparo Ambiental fue presentado por el municipio en el año 2018 y desde ese momento se vienen realizando diferentes actuaciones e informes ambientales, teniendo en cuenta que el problema persiste en esa zona de la ciudad.

«Tales desbordes desembocan en el Canal Secundario de Riego II Norte, poniendo en riesgo la salubridad pública, alterando la calidad de vida de los vecinos y afectando a los productores frutícolas que hacen uso del agua de riego», expresaron desde el municipio a través de un comunicado de prensa.

En el proceso, caratulado como «Municipalidad de General Roca c/ARSA s/amparo colectivo, Alta Barda, provincia de Río Negro, DPA, Sec. Ambiente, Sec. Obras Públicas) (EXP. S-2RO-25-C2018 – S-2RO-25-C3-18), la jueza responsabilizó a la provincia de Río Negro (DPA, Secretaría de Ambiente. Secretaría de Obras Públicas) y Aguas Rionegrinas S.A. por los daños y perjuicios ocasionado por el volcado de líquidos cloacales sin tratamiento previo y «cuyo origen responde a las deficiencias de la Estación Elevadora de líquidos cloacales ubicada en calles Godoy Díaz y Los Claveles, de la instalación del bypass ubicado en la intersección de calles Godoy Díaz y Las Petunias», en el barrio Alta Barda.

También ordenó a los distintos organismos «la realización de las obras que correspondan para dar una solución integral y definitiva al volcado de líquidos cloacales a cielo abierto, debiendo sanear las zonas afectadas y alteradas por el volcado de líquidos cloacales en el término de 60 días.

Cada 20 días los funcionarios deberán informar al juzgado sobre las tareas que se están llevando adelante. Y deberán entregar un cronograma de trabajo sobre el avance de las obras, las mejoras y la garantía de que el sistema está funcionando de manera normal.

«También se deberá realizar un análisis microbiológico del agua del canal de riego afectado -Canal Secundario II Norte- para descartar cualquier riesgo a la comunidad y a la actividad frutícola; un plan de remoción de los sedimentos, desinfección y dilución de los líquidos en su caso, evitando el estancamiento, restituyéndolo al estado anterior», según la medida judicial que difundió el municipio a través de un comunicado de prensa.


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