Chau feriados: en 2025 llegan los días no laborables con fines turísticos y esto hay que saber
El Gobierno dispuso que el calendario del año próximo cuente con tres. ¿Qué cambia con respecto a este año?
El comienzo del último mes del año no solo trae expectativas, sino que también da inicio al período vacacional que más público genera. En la búsqueda de aprovechar mejor el tiempo, también entran en juego los feriados del calendario 2025.
Justamente sobre los feriados, el Gobierno decidió implementar un cambio para el año entrante y es novedad para todos los trabajadores. En particular, varía el tratamiento que se hacía sobre los denominados “feriados con fines turísticos”, que a partir de 2025 serán “días no laborables”.
La medida, que fue oficializada a través del decreto 1027/2024, dispuso que “resulta conveniente que el poder ejecutivo nacional fije para el año 2025 los días no laborables con fines turísticos…”
Calendario de feriados 2025
Es oportuno recordar que es la ley 27.399 la que establece los feriados nacionales y días no laborables. En ese sentido, indica que los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.
La norma faculta asimismo al poder ejecutivo nacional a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística. Los mismos deberán coincidir con los días lunes o viernes.
- Enero: miércoles 1, año nuevo.
- Febrero: no hay feriados confirmados.
- Marzo: lunes 3 y martes 4, carnaval, y lunes 24, Día de la Memoria.
- Abril: miércoles 2, Día del Veterano de Malvinas, y viernes 18, Viernes Santo.
- Mayo: jueves 1, Día del Trabajador, viernes 2, día no laborable y domingo 25, Día de la Revolución de Mayo.
- Junio: viernes 20, paso a la inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano.
- Julio: miércoles 9, Día de la Independencia.
- Agosto: viernes 15, día no laborable, y domingo 17, paso a la inmortalidad del Gral. José de San Martín.
- Septiembre: no hay feriados confirmados.
- Octubre: domingo 12, Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- Noviembre: jueves 20, Día de la Soberanía Nacional, y viernes 21, día no laborable.
- Diciembre: lunes 8, Día de la Inmaculada Concepción de María, y jueves 25, Navidad.
Días no laborables 2025
El decreto firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, establece con carácter de días no laborables con fines turísticos las siguientes fechas: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
Se establece con carácter de días no laborables con fines turísticos las siguientes fechas: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre
Diferencia entre feriado y día no laborable
Los días feriados se rigen por Ley y gozan en cuanto a los aspectos salariales y de remuneración la protección de Ley de Contrato de Trabajo. Particularmente la Ley indica que, si no cumple tareas, el trabajador jornalizado cobra un jornal simple, y el mensualizado cobra el sueldo habitual. En cambio, si trabaja, el jornalizado cobra el doble jornal, y el mensualizado, el sueldo habitual más un día.
Además, se prevé que, si trabaja horas extra, las mismas se liquidarán al 100% de recargo. Incluso, algunos Convenios Colectivos de Trabajo disponen que toda la jornada trabajada del feriado se liquide como si fuera hora extra al 100% (por ej. Petroleros Privados).
En cuanto a los días no laborables, llamados también “optativos”, son los empleadores quienes pueden optar por trabajar o no, por lo tanto, si el dependiente trabaja o no la situación no varía, y cobran lo mismo, en cualquier caso.
(*) C. S. B. & ASOC.
El comienzo del último mes del año no solo trae expectativas, sino que también da inicio al período vacacional que más público genera. En la búsqueda de aprovechar mejor el tiempo, también entran en juego los feriados del calendario 2025.
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