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Cómo es el procedimiento de los nuevos sistemas de importaciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos y la Secretaría de Comercio han creado tres nuevos sistemas para importaciones y pagos al exterior, que ya entraron en vigencia.

Cambios. La creación de los nuevos sistemas se hizo a través de la Resolución General Conjunta 5271/22.

Por Cr. Gabriel Rotter (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.).

La segunda quincena de octubre comenzó a estar operativo un nuevo sistema de importaciones y pagos de servicios al exterior, al que deben acceder los importadores para iniciar la solicitud de sus importaciones definitivas. Según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), este cambio se realizó con el objetivo de fortalecer las acciones de control preventivo, el seguimiento y monitoreo de operaciones de comercio exterior.

El nuevo sistema de importaciones y pagos de servicios al exterior fue creado por la Resolución General Conjunta 5271/22 – Entre AFIP y la Secretaría de Comercio – y comenzó a estar operativo para las registraciones que efectúan los importadores a partir del 17 de octubre del presente año. La resolución establece la creación de 3 sistemas: Sistema de Importaciones, Sistema de importaciones y pagos de servicios al exterior y Sistema de consulta y registro de operaciones cambiarias.

En primer lugar, dejó sin efecto el “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones” (SIMI), sustituyéndolo por el “Sistema de Importaciones de la República Argentina” (SIRA), aplicable a todos los importadores inscriptos en los registros especiales aduaneros con relación a las importaciones definitivas que realicen.


La AFIP analizará la información que los responsables ingresen al SIRA, evaluando los siguientes controles:
I. Incumplimiento o Irregularidades que mantenga con dicho organismo, los cuales deberán ser subsanados para continuar con la tramitación de la declaración jurada SIRA.
II. El perfil de riesgo, evaluando si los importadores han efectuado operaciones de sobrefacturación o subfacturación, entre otros.
III. La Capacidad Económica Financiera del importador mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema CEF).


Superados estos controles, se emitirá la declaración Jurada SIRA con estado “Oficializada” y AFIP le dará intervención a la Secretaría de Comercio y al Banco Central, para que evalúen la solicitud en el marco de sus respectivas competencias.

El nuevo sistema comenzó a estar operativo para las registraciones que efectúan los importadores a partir del 17 de octubre del presente año.

Una vez intervenida de manera satisfactoria por dichos organismos, la declaración jurada SIRA pasará a estado “Salida”, teniendo un plazo de validez de 90 días corridos. Además, el importador deberá informar la fecha estimada en que accederá al Mercado Libre de Cambios (MLC) para realizar el pago de las importaciones, que será confirmada y evaluada por el BCRA y la Secretaría de Comercio.


En segundo lugar, deroga el “Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior” (SIMPES), creando el “Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior” (SIRASE), para pagos al exterior de servicios por cuenta propia o de terceros.


Los importadores deberán ingresar al servicio “SIRASE” a través de AFIP, y proporcionar la información solicitada, el Organismo Recaudador Analizará:
I. Los incumplimientos que surjan de los registros del mismo organismo.
II. La Capacidad Económica Financiera según el sistema CEF.

Superados estos controles, le dará intervención a la Secretaría de Comercio y al BCRA, para que evalúen y aprueben la solicitud.

Según la AFIP, el objetivo del nuevo sistema es fortalecer el control, el seguimiento y el monitoreo de las operaciones de comercio exterior.

Por último, se crea un sistema de consulta y registro de operaciones cambiarias “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior” (CCUCE), en el cual las entidades financieras deberán registrar las operaciones de venta de moneda extranjera destinadas a cancelar importaciones.


Una vez que las entidades financieras registren la operación, AFIP realizará evaluaciones sistémicas a fin de validar el ingreso al mercado de cambios. Los importadores podrán consultar en forma previa a la realización de la operación cambiaria consultando la validez, con clave fiscal ingresando al servicio “CCUCE”.


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