Devolución del impuesto PAIS: ARCA definió un procedimiento especial con crédito para las importaciones

Con la publicación del Boletín Oficial, ARCA informó la implementación de un procedimiento "sencillo y optativo" para canalizar las devoluciones. Acá te explicamos los puntos claves para entender la resolución.

Redacción

Por Redacción

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con la publicación del Boletín Oficial confirmó que estableció un nuevo procedimiento para que los importadores puedan recuperar el dinero correspondiente a pagos del impuesto PAIS. El registró se habilitará esta semana y será un registro especial para que las empresas puedan acceder a esta devolución.

La medida se formalizó mediante la Resolución General 5720/2025 y afecta importadores que realizaron pagos a cuentas del impuesto PAIS y que, por diversas modificaciones normativas, no pudieron utilizarlos total o parcialmente en el periodo de vigencia del tributo.

Según lo informado por ARCA, el registro especial para que las empresas accedan a esta devolución, se habilitará a partir del 8 de julio y se aplicará en forma de crédito para futuros derechos de importación.

En el decreto se explica que la decisión la tomó ARCA en conjunto con la Subsecretaria de Ingresos Públicos debido a la situación que se generó cuando el impuesto PAIS, vigente hasta fines de 2024, provocó en algunos casos saldos a favor para los importadores, especialmente aquellos curas operaciones se vieron alcanzadas por decretos posteriores que establecieron exclusiones o reducciones en la alícuota.

Devolución del impuesto PAIS: los puntos claves de la medida


Cabe destacar que la iniciativa busca aliviar la carga financiera de los importadores y según lo explicado, se espera que en una etapa futura, el mecanismo se amplíe para abarcar otro orígenes de pagos a cuenta no computados.

Los puntos clave para entender la medida de ARCA, son:

  • ¿Quiénes pueden solicitar la devolución?: importadores que realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS por operaciones encuadradas en los Decretos N° 433/2023 (acuerdos de precios), 14/2024 (exclusión a Zonas Francas) y 777/2024 (reducción de alícuotas), y que no pudieron computar total o parcialmente dichos pagos.
  • ¿Cómo se devuelve?: el monto a devolver no será en efectivo, sino que se generará un crédito automático en el Sistema Informático MALVINA (SIM) que únicamente podrá ser utilizado para saldar derechos de importación.
  • Plazo limitado para inscribirse: los importadores interesados deberán registrarse obligatoriamente en el «Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS» a través del sitio web de ARCA. El plazo es acotado: desde el 8 de julio hasta el 22 de agosto de 2025.
  • Modalidad de la devolución: dependiendo del monto del saldo a favor, la devolución se realizará en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que incluirán intereses. Los montos se dividen en 1, 6, 12 o 24 cuotas.
  • Opción excluyente: el procedimiento es optativo. Al utilizarlo, el importador renuncia a cualquier otra vía administrativa o judicial con el mismo fin. En caso de haber iniciado un trámite de devolución o acción de repetición, deberá desistir para acceder a este nuevo procedimiento.

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