El plazo para instalar los nuevos controladores fiscales
Los vencimientos operan entre fines de enero y fines de abril, dependiendo de la cantidad de dispositivos. Banco Nación ofrece crédito para facilitar el recambio a los contribuyentes.
Por Federico José Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Recordemos que a partir de la RG 4.444 del año 2019 se había dispuesto el recambio de los controladores fiscales denominados de vieja tecnología por los nuevo de “Nueva Tecnología”. Inicialmente las fechas de reemplazo se fueron prorragando y en la última prorroga dispuso que el vencimiento opera el día 31/01/2022 para aquellos contribuyentes que tengan entre 3 o 4 equipos, y el día 30/04/2022 para los que tengan 1 o 2 equipos.
Estos nuevos equipos son más económicos, más rápidos y silenciosos, permiten reemplazar las cintas testigo en papel por las digitales, admite configuraciones personalizadas, trabajan con firma digital, se emiten notas de crédito y emite reportes electrónicos para presentar ante la AFIP.
Por otra parte, la norma dispone también un beneficio de amortización acelerada en la compra del equipamiento a opción del contribuyente que podrá hacerlo en la vida útil asignada o bien castigar toda la amortización en el primer año.
Por su parte El Banco de la Nación Argentina (BNA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzaron dos líneas de crédito de hasta $ 100 mil con un plazo máximo de 5 años, para que las micro, pequeñas y medianas empresas de todo el país puedan renovar los controladores fiscales. El financiamiento facilita el recambio obligatorio de los equipos para que pequeños comercios incorporen los controladores de “última generación”.
En el marco del lanzamiento de la línea de préstamo el titular del BNA recordó que, de acuerdo a la normativa vigente, las empresas que al momento de solicitar un préstamo bancario tuvieran deudas previsionales, están habilitadas para tomar créditos. Esto podría ocurrir sólo si el tomador del crédito requiriera –en primer lugar- la afectación total o parcial de la financiación a la cancelación total de dichas deudas, para luego disponer del excedente.
El monto máximo de los créditos es de $100.000 por equipo, con una tasa de interés del 30% nominal anual fija y un plazo de hasta 60 meses, para los clientes que posean una cuenta comercio en el Banco Nación.
Los préstamos, vigentes hasta el 30 de junio, están destinados a MIPyMEs inscriptas bajo cualquier forma societaria o unipersonal y a personas humanas del segmento “micro”, sociedades de hecho segmento “micro” y monotributistas.
Los nuevos equipos son más económicos, más rápidos y silenciosos, reemplazan las cintas testigo en papel por las digitales, trabajan con firma digital, emiten notas de crédito y reportes electrónicos.
También corresponde señalar que en caso de incumplimiento en el proceso de recambio de los controladores fiscales el fisco podría aplicar las sanciones establecidas en el articulo 39 y 40 de la Ley de Procedimiento que dispone una multa de hasta $ 2.500 o bien la clausura del establecimiento.
Si bien el fisco estableció algún tipo de beneficio fiscal para la implementación del recambio, lo cierto es que a muchas empresas pymes les implica un costo fiscal adicional, en algunos casos el fisco debería solventar parte del costo de la compra cuando hay muchos contribuyentes que no tienen acceso tan fácil al sistema financiero como por ejemplo los monotributistas.
En estos casos el fisco debería implementar algún dispositivo de facturación que sea similar, por ejemplo, al posnet de de mercado pago, para que desde ese dispositivo se emita el ticket simplificando el cumplimiento fiscal al contribuyente.
Será un desafío del organismo pero en materia tecnológica nada es imposible.
Por último, recordamos que los sujetos que utilicen el equipamiento electrónico denominado “Nueva Tecnología”, deberán generar e informar -inclusive cuando no hayan tenido movimientos o emitido comprobantes-, los siguientes reportes:
a) Reporte Resumen de Totales, por el período correspondiente.
b) Reporte de Duplicados electrónicos de comprobantes clase “A”, “A con leyenda” y “M” emitidos, por el período correspondiente. Sólo deberán presentar este reporte los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado.
A los fines de cumplir con las citadas obligaciones informativas, los responsables deberán ingresar al servicio denominado “Presentación de DDJJ y Pagos – Controladores Fiscales”
La periodicidad para la generación y emisión de los reportes será mensual para los monotributistas y semanal para los responsables inscriptos y exentos en el valor agregado.
A su vez deberán generar semanal o, en su caso, mensualmente, el reporte “Cinta Testigo Digital”, que responde a los duplicados electrónicos de los comprobantes emitidos, los que quedarán al resguardo de los contribuyentes.
Dato
- $100.000
- El monto de los créditos que ofrece Banco Nación para la compra de equipos, con tasa del 30% anual y a 60 meses.
Por Federico José Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)
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