El CPE reconoce la licencia por maternidad a docentes no gestantes en Neuquén

Lo resolvió el cuerpo colegiado por unanimidad en plena cuarentena. Fue a raíz de dos pedidos, uno de ellos el de la pareja de Vanesa Tovar y Lucía Murga. Entre los fundamentos planteados está la necesidad de visibilización de otras configuraciones familiares, en este caso, las de mujeres lesbianas.

Soy lesbiana y somos dos mamás.

Hace siete años Vanesa Tovar y Lucía Murga están en pareja. Se casaron el 3 de noviembre de 2016, seis años después de la sanción de la ley de matrimonio igualitario. Luego de realizar tratamientos de fertilización sin éxito, en 2019 optaron por el método conocido como “ROPA”: Vanesa dispuso de sus óvulos, fecundados con donación anónima de esperma, e implantados en Lucía, quien lleva adelante el embarazo. La fecha de parto en la que nacerá Pedro es en agosto. “No he estado sola y compartimos los miedos”, señaló Lucía.

Ambas son docentes de Neuquén. Vanesa hizo el pedido formal para acceder a la licencia por maternidad al Consejo Provincial de Educación (CPE) en plena cuarentena. Si bien la ley 2.622 no contempla a las mamás no gestantes, no hay ninguna exclusión explícita. El cuerpo colegiado por unanimidad resolvió otorgársela.

Esta solicitud, junto con otra, fueron canalizadas a través de las vocalías gremiales. Una de las representantes, Marisabel Granda, explicó que si bien se concedió en estos dos casos “el compromiso que se asumió es en hacer la normativa para que no salga por una excepcionalidad, sino que sea un derecho conquistado”.

En la presentación se cita el antecedente ocurrido en 2018 en General Roca con la docente Lorena Jerez a la que le recomendaron que se tomara la licencia por paternidad y se negó. “No te pueden decir que sos varón porque estas casada con una mujer”, afirmó entonces.

Lo mismo manifestó Vanesa: “no correspondería porque yo no me autopercibo como varón, y estoy amparada en la ley de identidad de género: yo me considero mujer lesbiana” (ver aparte).

El régimen actual de licencias ha quedado obsoleto: no contempla las nuevas configuraciones familiares y aquellas tradicionales -como las de las parejas heterosexuales- otorga a los padres un tiempo exiguo, que compromete la organización equitativa de los cuidados.

“Dimos con Marisabel Granda, que es una de las vocales gremiales, ella fue la encargada de llevar el pedido al cuerpo colegiado cuando sesionó. Pudo charlar el tema y ahí fue cuando le dijeron que iban a acompañar el pedido. Este precedente va a quedar para las próximas parejas”, agregó Vanesa.

Afirmó que es “importantísimo”. “Nosotras como mujeres lesbianas estamos bastante vulneradas de derechos. Ya que no aparezca como mamá no gestante en ningún lado de las licencias, la verdad da bronca. En un papel, todavía no aparecemos. Más que nada poder visibilizar todo esto, que existimos estas familias hace muchísimo tiempo. Teníamos ganas de dar esta batalla y yo quería estar los 120 días junto a Luli y a Pedro, y poder empezar desde el día cero a ser otro tipo de familia: una familia donde realmente las tareas sean compartidas, donde podés estar.”

El dato

120
días es el plazo de la licencia por maternidad, de acuerdo al artículo 2 de la ley 2.622 que alcanza al personal del CPE.

*La ley 2.622 exige para el otorgamiento de la licencia por maternidad dos requisitos: ser personal femenino del Consejo Provincial de Educación y presentar el certificado médico con la fecha probable de parto.

*La norma no hace mención, planteó Vanesa en su presentación, a que la madre solicitante sea la gestante. “Yo estaría cumpliendo todos los requisitos establecidos para gozar de dicha licencia”, aseguró.

*Y agregó: “Mi condición de madre existe independientemente de que sea yo o mi conviviente la que gestamos al bebé”.

*Indicó que no es posible que su caso sea encuadrado como “licencia por paternidad”. “No soy personal masculino, ni voy a ser padre, ni me percibo como varón”, remarcó la profesora.

*Sostuvo que las licencias por maternidad, paternidad y familiares son una condición habilitante para el efectivo goce de derechos de las infancias. “Tales licencias se han quedado en el tiempo, en varios sentidos, como puede ser el rol de padres y madres en el cuidado de sus hijes, en el reconocimiento de familias constituidas por parejas del mismo género, en la importancia que radica el cuidado de niñes recién nacides por sus madres y/o padres, para su bienestar y desarrollo, contribuir a la efectiva conciliación entre la vida productiva y reproductiva, entre otras cosas”, afirmó.


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