El STJ falló a favor de la información pública por un tema ambiental

El máximo tribunal judicial ordenó al DPA a proporcionar información a una ONG ambientalista. El caso que llegó a la Justicia es por un derrame de hidrocarburos en el cerro Catedral que afectó el agua potable.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) ordenó a las autoridades del Departamento Provincial de Aguas (DPA) a suministrar información pública a la organización ambientalista Árbol de Pie por un derrame de hidrocarburos ocurrido el año pasado en el cerro Catedral, que afectó el suministro de agua potable en la población de Villa Catedral, en Bariloche.

Los ambientalistas acudieron al máximo tribunal judicial mediante una acción de amparo-mandamus por la falta de respuesta del DPA ante reiteradas consultas acerca de la situación generada en julio del año pasado.

Cabe mencionar que la semana pasada se registró otro derrame de combustibles en el cerro Catedral que está bajo investigación ambiental.

Con el reciente fallo del STJ, el DPA, a futuro, “debe proporcionar la información pública que no posea naturaleza reservada o secreta, en tanto sea peticionada por las vías administrativas por quien posee derecho”.

Los jueces mencionaron el artículo 7 de la Ley B 1829 que establece el libre acceso a las fuentes de información pública y remiten a diversos fallos vinculados al derecho de los ciudadanos al acceso a la información.

El caso por el que Árbol de Pie llegó al STJ refiere a la falta de respuesta del titular del DPA, Fernando Curetti, ante informes solicitados acerca del plan de contingencia respecto a la contaminación que afecta al arroyo Cascada y a la provisión de agua potable de la Villa Catedral ante el registro de vecinos en julio de 2018 de que el agua poseía un fuerte olor y sabor a combustible.

El funcionario contestó ante el expediente judicial que se trató de una “falla humana” y que por el volumen de la documentación incluyendo las actas de inspección, los demandantes debían asistir en persona al organismo central ubicado en Viedma, para tener acceso. También adjuntó un plan de contingencia que fue elaborado por la empresa concesionaria de los medios de elevación, Catedral Alta Patagonia.

Los magistrados apuntaron que “el acceso a la información ha evolucionado hacia su consagración internacional como un derecho humano, cuyo fundamento jurídico se conecta con el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, como presupuestos de una sociedad democrática y libre”.

Agregan que “en la actualidad el derecho de acceso a la información tiene fundamento constitucional expreso y significa que toda persona tiene derecho a conocer cómo se desempeñan sus gobernantes y el acceso a la documentación administrativa”.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios