El último escalón en la violencia ejercida contra la mujer

Redacción

Por Redacción

MAGDALENA ODARDA (*)

Según el Observatorio en la Argentina de la Sociedad Civil “Adriana Marisel Zambrano”, el término feminicidio es político, es la denuncia a la naturalización de la sociedad hacia la violencia sexista. Se considera como una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres y consiste en el asesinato cometido en forma sistemática hacia mujeres. Quien lo realiza considera que la vida de la mujer y la mujer misma son de su propiedad. El origen de este término fue desarrollado por la escritora estadounidense Carol Orlock en 1974 y utilizado públicamente en 1976 por la feminista Diana Russell, ante el Tribunal Internacional de los Crímenes contra las Mujeres, en Bruselas. (Casa del Encuentro). El informe sobre feminicidios en la Argentina, coordinado por la Casa del Encuentro, una asociación civil sin fines de lucro, expuso cifras provinciales y nacionales de este tipo de violencia. Éstas fueron recolectadas de las agencias de noticias y todos los diarios nacionales y provinciales que circulan en el país y reflejaba en el 2011 un total de 282 feminicidios y feminicidios “vinculados” de mujeres y niñas, mientras que 29 son los “vinculados” de hombres y niños. Esta cifra es superior a la registrada por el mismo observatorio en el 2010. Estos crímenes irracionales dejaron como saldo en la Argentina a 346 hijas e hijos de mujeres asesinadas, las cuales son víctimas colaterales del feminicidio. En el libro “Feminicidios e impunidad” (1) se desarrolla la temática de este tipo de violencia definiéndolo como el “asesinato de mujeres por razones asociadas a su género”, distinguiendo dos modalidades. Feminicidio íntimo: asesinatos cometidos por varones con quienes las víctimas tenían una relación íntima, familiar, de convivencia. Feminicidio no íntimo: asesinatos cometidos por varones con quienes las víctimas no tenían relaciones íntimas, familiares, ni de convivencia. Frecuentemente este feminicidio involucra un ataque sexual previo. Es importante saber que en el feminicidio no corresponde rotular de “pasional” al asesino, pues esta cualidad usada en algunos casos sólo intenta morigerar una responsabilidad mayor. Sostienen al respecto Magui Bellotti y Marta Fontenla: “… la violencia contra las mujeres está inscripta en relaciones de dominación patriarcal. Estas relaciones patriarcales están basadas en el dominio de los varones heterosexuales adultos sobre las mujeres y las niñas/os. La violencia es constitutiva de toda política de opresión y sirve, en el caso de la opresión de género, para reafirmar la posición de inferioridad sexual y social de las mujeres…” (2) La violencia familiar es uno de los flagelos sociales que no distinguen épocas, rangos sociales, ni niveles de formación de víctimas y victimarios. Durante mucho tiempo se mantuvo oculto a la mirada de la sociedad. Hoy, sin embargo, podemos decir que es reconocido como un problema social que no queda relegado al ámbito privado, sino que preocupa a toda la sociedad y sus estamentos. Lesiona los derechos humanos a la vida, a la integridad física, a la dignidad y a la salud de las personas y, además, lesiona a los niños que aprenden un modelo de convivencia que perpetúa la violencia y la coerción a través de la dominación del hombre hacia la mujer. En síntesis, daña sin lugar a dudas la formación de las futuras generaciones engendrando hombres violentos y despóticos, proclives a las formas autoritarias. En Río Negro se encuentra vigente, desde el 2010, la ley 4510 de mi autoría que determina la creación, en el ámbito de la Policía de Río Negro, de las Oficinas Tutelares de la Mujer, el Niño y la Familia (Comisaría de la Mujer), en el marco del artículo 48 de la ley S Nº 1965 y artículo 16 de la ley D Nº 3040. Esta ley ha sido un importante avance en el reconocimiento del delito de la violencia hacia las mujeres y una herramienta útil para proteger a la mujer y prevenir situaciones violentas que desencadenen feminicidios. Lamentablemente, y transcurridos dos años, aún se encuentra sin ser implementada, existiendo un compromiso de ponerlas en funcionamiento en la provincia en forma inmediata dado el reclamo de mujeres a lo largo y ancho de la provincia. Cabe destacar el importante trabajo de las mujeres de San Carlos de Bariloche en la génesis de esta ley. Las llamadas “Comisarías de la mujer” tienen como funciones: a) Tomar intervención en los delitos dependientes de acción pública y de acción privada cuando corresponda, en los que resultaren víctimas mujeres y menores b) Recibir exposiciones policiales relacionadas con la materia c) Instruir sumarios y aplicación de causas judiciales relacionadas con violencia familiar d) Confeccionar estadísticas e) Orientar, asesorar, contener y derivar hacia los organismos dispuestos en el artículo 6º para la atención interdisciplinaria en forma gratuita a las víctimas de violencia familiar Muchas situaciones que escuchamos a diario, tanto en nuestros ámbitos de relaciones sociales, familiares y a través de los medios de comunicación, nos hablan de la violencia hacia la mujer de distintas maneras, a veces siendo física o psicológica. Estas situaciones pueden desencadenar hechos más graves como la muerte, el feminicidio. El que fue perpetrado en Villa Regina hace escasos días es un caso testigo en las dolorosas estadísticas que indican que los casos de violencia de género crecen día a día. Río Negro necesita en forma urgente instrumentar los mecanismos para hacer efectiva la ley de las “Comisarías de la mujer”. Hasta que esto no sea cumplido, miles de mujeres no tienen la oportunidad de defenderse, de hacer valer sus derechos básicos frente al Estado que debe protegerlas. (*) Legisladora bloque Progresista CC ARI Río Negro 1) Libro “Feminicidios e impunidad” autores: Gabriela Barcaglione, Silvia Chejter, Susana Cisneros, Marta Fontenla, Jimena Kohan, Marie France Labrecque, Diego Pérez, editado por Cecym, Centro de Encuentros Cultura y Mujer. 2) Citado por libro “Feminicidios e impunidad”.


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