En Chos Malal la Justicia ordenó cambiar el turno a una alumna

CHOS MALAL (ACHM).- La Justicia ordenó al CPEM 4 reincorporar a una alumna al turno mañana a efectos de garantizar su educación integral. La menor había quedado en el turno tarde en el sorteo y pese al reclamo de los padres para revertir la situación dado que la joven recibe educación extracurricular a la tarde, el establecimiento hizo caso omiso. Los progenitores recurrieron a la Justicia y ésta les dio la razón. La resolución judicial fue dictada por el juzgado de primera instancia en lo Civil de esta ciudad, a cargo de la jueza Beatriz Rossi. La menor ingresó a primer año en el establecimiento educativo y participó junto al resto de la alumnos de un sorteo por el que se designan los turnos y es allí donde surgió el problema porque la alumna quedó en el turno tarde. Los padres, que tienen otra hija cursando tercer año en el establecimiento, decidieron plantear la situación a la dirección de la escuela, pero ésta “mantuvo la reticencia al cambio de turno”, indica la resolución judicial a la que tuvo acceso el diario “Río Negro”. El planteo efectuado por los padres se sustenta en que la niña recibe educación extracurricular por la tarde: cursa sexto año de piano los lunes y miércoles y estudios de informática los martes y jueves. Los padres consideraban que se afectaba de esta manera la educación integral de la joven, derecho reconocido por la Constitución Nacional. Pero además de mantenerse el turno tarde implicaría para la niña estar sola durante gran parte del día, porque su hermana cursa a la mañana y sus padres trabajan también durante esa parte del día. Ante la negativa de los directivos del CPEM 4 los padres decidieron recurrir a la justicia. La jueza, que tomó personalmente la audiencia a los directivos de la escuela entendió que el sistema de sorteo es “arbitrario”, pero además en la resolución destacó que los directivos, “al momento de sostener su postura, sugieren a los actores que no siendo su establecimiento el único en esta ciudad buscarán trasladar a la menor a otro colegio”. Para la magistrada “la educación integral” es reconocida como “derecho humano fundamental” por la Constitución Nacional, por los Tratados Internacionales, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención de los Derechos del Niño.


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