Media sanción al proyecto Super RIGI: las 10 claves para entender de que se trata
La Cámara de Diputados le dio media sanción a una iniciativa impulsada por el Gobierno nacional para promover grandes inversiones en industrias tecnológicas y actividades emergentes. El esquema contempla beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios, estabilidad normativa por 30 años y condiciones especiales para proyectos de gran escala.
El proyecto apunta a captar capitales mediante un regimen especial de incentivos. Foto gentileza.
En un nuevo capítulo de las propuestas impulsadas por parte del Gobierno Nacional, El proyecto de ley «Super RIGI», destinado a otorgar incentivos y seguridad jurídica a proyectos de inversión dedicados exclusivamente al desarrollo de nuevas actividades económicas, tuvo su momento de protagonismo en la cámara de diputados.
Tras varias horas de debate, la iniciativa obtuvo 130 votos afirmativos, 106 rechazos y 7 abstenciones, y quedó lista para ser girada al Senado, donde continuará su recorrido legislativo. Si bien genera expectativas en lo que refiere a inversiones en el país, ciertos puntos de los proyectos todavía están inconclusos. Vayamos uno a uno para entender de que se trata.
¿De que se trata?
En primer lugar, y para empezar una lista de las 10 claves del proyecto, tenemos que tener en cuenta que el mismo está orientado a nuevas industrias. Se trata de «El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias», conocido como Súper RIGI. Lo llamativo del mismo es que apunta a proyectos vinculados a actividades que aún no tienen desarrollo en el país o que permanecen en etapas experimentales.
Entre estas industrias, figura la inteligencia artificial, la biotecnología avanzada, la fabricación de semiconductores, las energías renovables, los vehículos eléctricos y las cadenas productivas asociadas a baterías de litio y paneles solares. La propuesta deja afuera ampliaciones o actualizaciones de emprendimientos ya existentes y busca impulsar actividades con alto contenido tecnológico y potencial para generar nuevas cadenas de valor.
El segundo lugar, se exigen inversiones mínimas de US$ 1.000 millones. Esto hace que el acceso al régimen quedé reservado para proyectos que comprometan inversiones superiores a ese moento en activos computables.
Este punto deja la vara de inversión más alta que la del RIGI vigente, cuyos requisitos rondan los US$200 millones y $600 millones según la actividad.
En tercer lugar, y en esto se parece al anteriror RIGI, obliga a ejecutar una parte de la inversión en los primeros años. El proyecto establece que las empresas deberán concretar al menos el 20% de la inversión comprometida dentro de los dos años posteriores a su adhesión.
La medida busca garantizar avances concretos desde las primeras etapas, promoviendo obras, incorporación de equipamiento y generación de empleo en el corto plazo.
En un cuarto lugar, podemos decir que el proyecto, reduce de manera significativa la carga del Impuesto a las Ganancias. Los denominados Vehículos de Proyecto Único (VPU), sociedades creadas específicamente para cada emprendimiento, tributarán una alícuota del 15% en el Impuesto a las Ganancias.
Además, se incorpora un esquema de amortización acelerada que permitirá deducir el 60% de determinadas inversiones durante el primer año y el 20% en cada uno de los dos siguientes. También se habilita la utilización de quebrantos sin límite temporal y su eventual transferencia a terceros después de cinco años.
En quinto lugar, el proyecto baja la tributación sobre dividendos La iniciativa fija una tasa reducida del 3,5% para los dividendos y utilidades distribuidos por los VPU.

Un sexto y llamativo punto, es que se eliminan los derechos de importación y exportación. Los proyectos aprobados quedarán exentos de tributos aduaneros tanto para importar bienes de capital, insumos y tecnología como para exportar los productos obtenidos.
La propuesta busca reducir costos operativos y facilitar el acceso a equipamiento internacional, además de potenciar la inserción de estas nuevas industrias en los mercados globales.
En séptimo lugar, la inciativa contempla ventajas en materia laboral y previsional. Se busca preveer una contribución patronal única del 10% para los nuevos puestos de trabajo que se generen a partir de los emprendimientos incluidos.
La reducción de cargas laborales forma parte del paquete de incentivos pensado para favorecer la contratación de personal y el desarrollo de actividades vinculadas a la tecnología y la manufactura avanzada.
En octavo lugar, se apunta a garantiza la estabilidad normativa por tres décadas para las empresas que decidan invertir. La promesa de estabilidad durante 30 años en materia tributaria, aduanera, cambiaria y de seguridad social aparece como un punto llamativo para las empresas inversoras.
El texto también atribuye un punto a los mecanismos de resolución internacional de controversias, con el objetivo de brindar mayor previsibilidad y seguridad jurídica a los inversores.
En noveno lugar, se busca flexibilizar las exigencias de compras locales. A diferencia del RIGI actual, el nuevo esquema eliminaría la obligación de destinar al menos el 20% de la inversión a proveedores nacionales.
Las compras locales solo podrán requerirse cuando existan condiciones equivalentes a las del mercado internacional, una modificación que genera debate entre provincias y empresas proveedoras argentinas por su posible impacto en la integración de la industria local.
Finalmente, un decimo punto limita la presión tributaria provincial y municipal. El proyecto establece un tope del 0,5% para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las jurisdicciones que adhieran al régimen y prohíbe la aplicación de tasas municipales sobre las ventas de los proyectos.
Asimismo, impide la creación de nuevos gravámenes locales vinculados a estas inversiones y restringe la exigencia de pagos previos para acceder a reclamos administrativos o judiciales.
Un debate con impacto económico y político
La discusión en Diputados se produce en medio de una fuerte expectativa de gobernadores, cámaras empresariales y compañías interesadas en proyectos de alto valor agregado. El oficialismo sostiene que el Súper RIGI permitirá diversificar la matriz productiva y atraer inversiones hacia sectores de frontera tecnológica, mientras que parte de la oposición y algunos actores industriales observan con cautela las concesiones fiscales y la menor exigencia de integración local.
Durante el tratamiento en comisiones, el oficialismo incorporó una serie de modificaciones al proyecto. Entre ellas, habilitó el cómputo doble de las inversiones en I+D para alcanzar el monto mínimo exigido, creó un Registro Público de Proyectos, reforzó los requisitos ambientales y estableció la presentación de planes para el desarrollo de proveedores nacionales. Además, precisó los criterios para definir qué actividades podrán acceder al régimen y sumó una cláusula de Compre Nacional.

Además, se incorporó una cláusula de “Compre Nacional”, que obliga a destinar al menos el 20% de la inversión a proveedores locales dentro de los proyectos comprendidos por el régimen. Se buscaron también reforzar los mecanismos de protección de los recursos naturales, exigiendo a las empresas demostrar de manera fehaciente que sus iniciativas no generarán impactos negativos sobre ellos.
Actualmente, el RIGI aprobado en la Ley Bases y vigente hasta agosto de 2027 acumula 38 proyectos presentados, de los cuales 14 ya fueron aprobados, con compromisos de inversión por más de US$ 107.000 millones, principalmente en energía y minería. Con el Súper RIGI, la promesa está en lorgrar extender ese atractivo hacia industrias emergentes y posicionar al país en la competencia global por captar capitales vinculados a la innovación y el desarrollo tecnológico.
En un nuevo capítulo de las propuestas impulsadas por parte del Gobierno Nacional, El proyecto de ley "Super RIGI", destinado a otorgar incentivos y seguridad jurídica a proyectos de inversión dedicados exclusivamente al desarrollo de nuevas actividades económicas, tuvo su momento de protagonismo en la cámara de diputados.
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