Entra en vigencia la prohibición de vender combustible sin casco

Se publicó en el Boletín Oficial la Ley 2864 que obliga a las estaciones de servicio a no expender a los conductores de ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos, que no tengan el casco de protección colocado.

NEUQUEN

La Ley 2864 fue publicada este viernes (06/09) en el Boletín Oficial por lo que entró en vigencia, en todo Neuquén, la prohibición para vender combustible a los conductores de motocicletas que no tengan casco de seguridad puesto. El texto de la norma votada a mitad de este año por la Legislatura dispone “la prohibición de venta, expendio o suministro de combustible” a todo conductor “de vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos y a sus acompañantes, que no utilicen el casco protector normalizado”. Además agrega que “el conductor y el acompañante deberán quitarse el casco al momento de la carga”. La norma contiene dos artículos y establece en la segunda parte la obligatoriedad de colocar visiblemente un cartel donde se explicite los alcances de la ley. rionegro.com.ar


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