“Expropiaciones en Río Negro”
Tras leer la noticia “Intento de expropiación sin argumentos claros”, publicada por este medio en fecha 26/9/15, página 12, solicito la publicación de la presente a fin de exponer frente a la opinión pública, cámaras intermedias, comités de crisis, etc., que la maniobra de expropiación que se está llevando a cabo contra la familia Rodríguez, titulares de Aserradero Gloria, cuyo padre don Emilio fuera pionero en la actividad, excelente empresario y sostén económico de incontables familias de General E. Godoy durante décadas, ya cuenta con antecedentes en Río Negro. En este caso, el intendente y el Concejo Municipal de General E. Godoy aprobaron la declaración de interés público sujeto a expropiación sobre los bienes muebles e inmuebles de la familia Rodríguez, proyecto que impulsa ante la Legislatura de Río Negro Silvia Horne (con la complicidad de otros legisladores) con total autoritarismo, igual o peor que el utilizado en otras épocas nefastas para la democracia del país como fue la dictadura, con total desprecio por los derechos de los dueños legítimos. Esto es llevado adelante de manera exactamente igual –en sus formas, acciones y posibles consecuencias– a otra maniobra ilegal ya ejecutada por la legisladora Horne (siempre con la complicidad de otros de sus pares), y con otro grupo de empleados, que iniciaran en mayo del 2010 contra los dueños de Embalajes SA y su locadora Envases SRL (que también fueran sostén económico de numerosas familias de la ciudad de General Roca durante décadas) y que culminó en la sanción de ley inconstitucional promulgada por la Legislatura de Río Negro a instancias del Ejecutivo provincial con acuerdo de ministros, en fecha 6 de marzo de 2015 con la declaración de utilidad pública sujeto a expropiación de maquinarias y propiedades inmuebles que habían sido previamente vendidos por Embalajes SA en legítimo derecho, por lo que contaban con nuevos dueños con títulos registrales asentados en el RPI desde el 2013. En dicha ocasión, la Legislatura provincial convalidó la expropiación de los bienes muebles e inmuebles, para eventualmente ser vendidos de forma inconstitucional a los cooperativistas. Los procedimientos aplicados por los políticos que favorecieron la acción no están contemplados en ninguna ley argentina nacional y/o provincial y quedo a disposición de quien quiera sostener lo contrario en el ámbito judicial. Digo que la maniobra es idéntica porque en ambos casos los empleados, escudados tras la bandera de la defensa y mantención de puestos de trabajo (con la arenga y complicidad total de los políticos intervinientes), primero les niegan la entrada a las instalaciones a sus legítimos dueños por vía de la usurpación o toma de instalaciones, desconociendo derechos legales básicos; segundo, crean una cooperativa; tercero, siempre con el padrinazgo de los políticos intervinientes, obligan a los propietarios legítimos a firmar un comodato y, cuarto, los representantes del pueblo a través de su voto afirmativo en la Legislatura les roban/“expropian” los bienes a sus legales propietarios para inconstitucionalmente regalárselos/“vendérselos” a los exempleados. Consumado el hecho, los ahora autodenominados cooperativistas constituidos en supuestas “fábricas recuperadas”, por medio de importantes subsidios del Estado no reintegrables, explotan estas exempresas usurpadas, sin aportar cargas sociales ni sindicales ni tributarias, etc. Se convierten así en competencia desleal para las muy pocas empresas que resisten en actividad y que sí son gravadas con un sinnúmero de costos y cargas. De continuarse legislando en esta forma, con beneficios para un solo sector sin apego al respeto y al derecho que asiste a todos los ciudadanos por igual, los integrantes de las diversas actividades económicas existentes en la provincia en su conjunto, de la madera, de la producción en todas sus variantes, empacadoras, frigoríficas, cárnicas, etc., deberían tomar debida nota y preocuparse porque, como se presentan las cosas, las expropiaciones continuarán con razón o sin ella, tal es el caso de las anteriores. Mario L. López DNI 12.710.180 Roca
Mario L. López DNI 12.710.180 Roca