Ingreso y gratuidad

Por Juan C. Del Bello

El Consejo de rectores de las universidades nacionales (CIN) rechazó hace tres años el proyecto de la diputada nacional Adriana Puiggrós, que fuera finalmente sancionado por el Congreso de la Nación como ley 27204 de Implementación efectiva de la responsabilidad del Estado en el nivel de Educación Superior. La misma establece el ingreso irrestricto para todas las carreras universitarias y la gratuidad de todos los estudios universitarios de grado.

¿Acaso la UNRN está en contra de la gratuidad? De ninguna manera. El Estatuto de la UNRN establece que los estudios universitarios de grado presenciales y de larga duración son gratuitos. De un total de 60 carreras de grado que dicta la universidad, solamente los “ciclos de complementación” de licenciado en Educación y de profesorados de Biología, Química, Física y Matemática, que se dictan a distancia, no son gratuitos. Esas carreras están dirigidas a quienes ya tienen un título universitario previo (bioquímico, físico, químico, etc.) al que accedieron de manera gratuita, trabajan en el sistema educativo provincial y aspiran a un perfeccionamiento profesional, lo que atribuye a estos ciclos de complementación la categoría de postítulo. Dictarlos de manera gratuita obligaría a la Universidad a reasignar recursos destinados por ejemplo a las becas a estudiantes provenientes de hogares humildes. La no gratuidad de estas pocas carreras responde entonces a un principio de equidad. No obstante, se ha informado al Ministerio de Educación de la Nación sobre el costo de estas carreras que superan los $ 6 millones anuales, por lo que si ese organismo estima que deben dictarse gratuitamente, deberá reforzar el presupuesto de la UNRN en ese monto, situación que no será posible debido a que la Nación no aportará los recursos económicos para el dictado de las mismas.

¿Acaso la UNRN está en contra del ingreso directo o irrestricto? No. En la mayoría de las carreras el ingreso es directo, en las que se desarrollan cursos de nivelación previos al inicio del primer año de estudios, salvo en unas pocas como Odontología, Criminología y Ciencias Forenses y Abogacía. O sea que en la mayoría de las carreras que dicta la UNRN el ingreso es irrestricto. Las razones por las que no es directo el ingreso en las carreras mencionadas son los siguientes: Odontología es una carrera regulada, cuyo plan de estudios prevé la práctica profesional supervisada y la UNRN cuenta sólo con 90 clínicas odontológicas, por lo que el número de ingresantes está limitado a la capacidad educativa del Hospital Escuela de Odontología. En la Licenciatura en Criminología y Ciencias Forenses que se dicta en Cipolletti se inscriben por año más de 300 interesados y el aula de mayor tamaño de que dispone la Universidad en esa ciudad no supera el centenar de pupitres. Por lo tanto, hasta tanto la UNRN no cuente con edificio áulico propio en Cipolletti, ingresarán solamente 120 postulantes que hayan alcanzado las mayores calificaciones en exámenes de lectura y comprensión de textos y razonamiento y resolución de problemas. Salvo que se pretenda que la carrera directamente no se dicte.

Mismas razones de disponibilidad de recursos explican el caso de Abogacía que se dicta en Viedma, que junto con Contador siguen siendo las carreras más elegidas por los jóvenes argentinos. La UNRN decide así destinar los escasos recursos económicos con los que cuenta a carreras vinculadas al desarrollo económico y social. El numerus clausus basado en la planificación desalienta “la mano invisible del mercado” que privilegia los intereses individuales por sobre el interés público. La planificación de la oferta académica no sólo debe ser ponderada desde la demanda de los alumnos, sino desde la perspectiva del desarrollo nacional y de un efectivo campo laboral que posibilite simultáneamente la realización profesional de los egresados y la atención de las demandas de la sociedad; se trata de una responsabilidad indelegable del Estado.

Por todo ello, considerando que el ejercicio de la autonomía universitaria por parte de la UNRN ha sido criterioso y responsable, por mandato de su máximo órgano colegiado de gobierno, el Consejo de Programación y Gestión Estratégica, se ha interpuesto un recurso judicial contra dicha ley por atentar contra la autonomía universitaria consagrada en la Constitución nacional. Cabe señalar que, en el recurso judicial interpuesto por la Universidad Nacional de la Matanza por la misma causa, en segunda instancia la Justicia se pronunció por la inconstitucionalidad de los artículos de la ley 27204 referidos a las materias precitadas.

*Rector de la UNRN

La UNRN decide así destinar los escasos recursos económicos con los que cuenta a carreras vinculadas al desarrollo económico y social.

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La UNRN decide así destinar los escasos recursos económicos con los que cuenta a carreras vinculadas al desarrollo económico y social.

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