Juez suspendió la exclusión del hogar a víctima de violencia de género

La medida es provisoria y está sujeta a las actuaciones del fiscal de la causa. El hecho ocurrió en Cinco Saltos. El magistrado de Familia de Cipolletti explicó los motivos de su decisión.

El juez Jorge Benatti suspendió temporalmente el desalojo de la mujer de Cinco Saltos que denunció violencia de género. El magistrado había definido excluir del hogar a la denunciante como una medida para frenar la violencia de su expareja.

Es que en el mismo terreno el hombre tiene un taller mecánico que es su única fuente laboral. Ese fue el argumento del juez para la primera resolución.

La mujer cosechó el apoyo de varias organizaciones que le reclamaron al magistrado una resolución con perspectiva de género. Oficialmente trascendió que en el expediente no hay constancias de algunos hechos que se difundieron públicamente.

Al mismo tiempo que se conoció la suspensión del desalojo también se hicieron públicas las razones jurídicas que llevaron al juez a adoptar esas y otras decisiones sobre la base de las constancias de la causa.

El magistrado del fuero de Familia de Cipolletti suspendió el desalojo porque cuando ya estaba firme esa medida se radicó una denuncia penal por nuevos conflictos entre la mujer y su expareja.

El nuevo Código Procesal de Familia, que entró en vigencia en marzo de este año, establece que cuando comienza a intervenir el fiscal a raíz de una denuncia penal el juez o jueza de familia debe pedir informes y en el caso de que el fuero penal decida avanzar en esa instancia se pierde la competencia. Es decir deja de intervenir el fuero de familia y comienza a hacerlo el fuero penal.

Por esa razón Benatti suspendió el desalojo, a la espera de las respuestas del fiscal Leandro López de Cinco Saltos.

Otra cuestión que se informó  es que el hombre y la mujer se divorciaron hace varios años (más de 10) y que la vivienda le pertenece al hombre porque la heredó de su familia. Con el divorcio consolidado la mujer no tiene ni tendrá derechos (ni siquiera hereditarios) sobre el inmueble.

Sin embargo, producto de la mediación que se dio en el contexto de la separación el hombre aceptó que ella podría quedarse a vivir allí, a cambio del trazado de una línea imaginaria que dividiría la casa del taller que el hombre utiliza para ejercer su oficio de mecánico y que se encuentra en el mismo predio. Ninguno de los dos se molestaría: ese fue el arreglo.

Ese pacto no se respetó y comenzaron los problemas que figuran en el expediente de ley 3040 de violencia familiar.

«Gran parte de las denuncias que surgen del expediente son del hombre hacia la mujer por problemas de convivencia: él asegura que ella lo molesta, que hostiga a los clientes de su taller y que incluso rompe los vehículos que quedan para reparación. Afirma también que ella estaciona su coche en el ingreso al taller y que eso le impide desarrollar su actividad de mecánico con normalidad», surge de la información oficial.

«Los hechos de violencia física que se difunden públicamente no constan en la causa: supuestas lesiones en el rostro padecidas por la mujer, abandono en un basural, violencia de género durante la convivencia» se afirmó rotundamente desde el juzgado.

En febrero de 2020, según la cronología, se radicaron nuevas denuncias en el Juzgado de Paz de Cinco Saltos. El juez Benatti dictó una medida de restricción para que la nueva pareja del hombre dejara de hostigar por mensajes de Whatsaap a la exesposa.

El 19 de febrero, el magitrado fijó una nueva audiencia en presencia de las partes, de sus respectivos abogados  y de una profesional del equipo interdisciplinario del Juzgado de Familia. Allí les informó que ante la persistencia del conflicto debería decidir quién se tiene que ir del inmueble. Antes, el magistrado los invitó a aportar una solución. Ambas partes se negaron a abandonar el predio.

El 20 de febrero el juez resolvió que la mujer debería abandonar el inmueble en el plazo de 48 horas. Basó su resolución en la dinámica conflictiva “toda vez que mediante las constantes y recíprocas denuncias – radicadas desde el año 2016 a la actualidad – entre la Sra. y el Sr. se desprende que los actos de hostigamiento se producen en el contexto de convivencia”. Tuvo en cuenta que la propiedad le pertenece al hombre, que ya estaban divorciados con anterioridad al conflicto y la discapacidad del mecánico acreditada en el expediente.

El 12 de marzo se realizó una audiencia ante la Cámara de Apelaciones de Cipolletti. Participaron los tres jueces que integran el tribunal, las partes y sus abogados. La mujer presentó un escrito y desistió del recurso de apelación.

En ese mismo acto aceptó la resolución del juez Jorge Benatti (que la había conminado a dejar el inmueble en 48 horas) y solicitó una prórroga de un mes hasta el 11 de abril. Se comprometió a dejar de hostigar a su exmarido, a dejarlo trabajar tranquilo y a no estacionar su automotor y el de su nueva pareja en el ingreso del taller. Por otro lado el hombre se comprometió a alimentar a los perros una vez que la mujer abandonara la vivienda.

En abril la mujer se presentó con un nuevo abogado y planteó que no cumpliría con el compromiso ni abandonaría la vivienda en función de la pandemia covid-19 y del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por Nación.


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