Jueza del Caso Facundo rechazó medidas pedidas por los fiscales

La jueza federal María Gabriela Marrón sólo accedió al pedido para que un policía que interceptó a Facundo el día que desapareció entregue una libreta.

La jueza federal bahiense que interviene en la causa por la desaparición forzada de Facundo Astudillo Castro rechazó casi todas las medidas de prueba que solicitaron los fiscales del caso para avanzar en la pesquisa.

En una resolución, que se conoció hoy aunque fue dictada el pasado 15 de septiembre, la jueza federal María Gabriela Marrón sólo accedió al pedido para que un policía que interceptó a Facundo el día que desapareció entregue una libreta en la que registró sus datos personales.

También requirió a la comuna de Villarino el informe de lectoras de patentes entre el 30 de abril y el 8 de mayo en cercanías del puesto fitosanitario sobre la ruta nacional 3.

Pero en el escrito judicial la jueza rechazó varias medidas requeridas por los fiscales federales Héctor Andrés Heim y Horacio Juan Azzolin, entre ellos el allanamiento al puesto de vigilancia de Teniente Origone donde se halló un amuleto similar al que tenía el joven y el secuestro de teléfonos de policías.

Además, cuestionó en duros términos los fundamentos de la fiscalía a la hora de hacer esos pedidos: «La estrategia escogida por los acusadores se asemeja a una auténtica ‘excursión de pesca’, lo que es inaceptable en un Estado de Derecho», escribió Marrón.

Luego consideró que «disponer medidas probatorias sin que esté claro qué se está buscando, atenta también contra el éxito-validez de la investigación».

«El estado de perplejidad de los fiscales sobre las supuestas conductas sospechosas no parece orientarse a buscar la verdad -qué fue lo que le paso a Facundo en el lugar y momento de su muerte- sino solamente a compeler la responsabilidad policial en el evento», continuó.

Para la magistrada, «las medidas no se pueden hacer ‘por las dudas’, ‘para ver qué encontramos'», sino que «la fiscalía tiene que hacer un esfuerzo mayor para probar los extremos que desliza e invoca» y «elaborar un plan estratégico, agotar la investigación a través de un trabajo a conciencia».

«El pedido tiene que ser irremediablemente desechado, no puedo habilitar su producción, ya que puede causar un perjuicio indebido, irreparable y prohibido», ahondó la jueza, quien consideró que las medidas «no pueden implicar violación a valores fundamentales, como la intimidad, la propiedad y la libertad».


La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) emitió un comunicado en el que calificó de «arbitraria y antojadiza» la interpretación de la prueba por parte de la magistrada,

«El reclamo social es entendible. Es fácil para la sociedad creer que haya sido la policía. Pero el juez del caso necesita prueba. Perseguir a esas personas o invadir su intimidad sin pruebas, porque son policías, por su condición, es aplicar el Derecho Penal de Autor. Ser policías no los vuelve delincuentes ni culpables. De este modo se reeditaría una persecución de clase inaceptable en la evolución democrática de nuestro país», destacó.

Tras conocer la decisión judicial, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) emitió un comunicado en el que calificó de «arbitraria y antojadiza» la interpretación de la prueba por parte de la magistrada, ya que «expresa claramente una temprana valoración que sólo puede arrojar un resultado: el cierre de la causa sin conocer la verdad de lo que ocurrió con Facundo».

En la resolución de 19 páginas, Marrón cuestionó la relevancia de algunas evidencias destacadas por los fiscales en el requerimiento de medidas, entre ellas el hallazgo de un cabello que podría ser de Facundo en el patrullero de uno de los policías que lo identificó ese 30 de abril, cuando dejó la localidad bonaerense de Pedro Luro para ir a Bahía Blanca a ver a su novia en plena cuarentena por la pandemia de coronavirus.

Para la jueza, el hecho de que un policía mencionado en la causa haya borrado el contenido de su celular «no (lo) convierte (….) en sospechoso de un delito ni pone en riesgo su inocencia».

«Por lo expuesto, resulta necesario y también forzoso que el Ministerio Público Fiscal, en cumplimiento de sus deberes y facultades, investigue el accionar del perito, frente a la gravedad de la circunstancia apuntada», concluyó al respecto.


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