El Tribunal de Impugnación condenó a subcomisario de Bariloche por abuso sexual
La denunciante fue una sargento que cumplía funciones en la misma unidad. Dijo que sufría hostigamientos constantes y que un día la encerró y la besó sin consentimiento.
Luego de años de recursos y avatares judiciales, el Tribunal de Impugnación de Río Negro condenó a un jefe policial de Bariloche a tres años de prisión condicional por abuso sexual agravado, cometido contra una sargento que prestaba servicio a su cargo y que denunció haber sufrido luego del hecho situaciones de maltrato laboral y “rechazo” de sus superiores.
El subcomisario condenado alegó en todo momento ser inocente, pero no consiguió desacreditar el relato de la víctima, que para los jueces fue “coherente, detallado y creíble”.
Según la acusación fiscal, quien oficiaba como jefe de la subcomisaría 80 del barrio San Francisco, aprovechó un momento a solas con la sargento en su oficina, trabó la puerta, la arrinconó contra una pared y la besó en la boca sin consentimiento. Ante el rechazo de la mujer le preguntó “¿qué pasa, no te gusto?”.
Según la propia sargento y otras compañeras que declararon como testigos, con anterioridad padecía “acoso laboral” de su jefe, quien le mandaba mensajes insinuantes e imágenes de contenido erótico.
Debido a su negativa a entablar cualquier relación de tipo afectivo, la sargento sufrió continuos cambios de guardia, órdenes a los gritos y otros destratos, según quedó expuesto durante el juicio.
El jefe policial terminó condenado a 3 años de prisión en suspenso por abuso sexual agravado por ser cometido por personal de fuerza de seguridad, en uso de sus funciones. También le impusieron pautas de conducta e inhabilitación perpetua para desempeñarse en la función pública con personal femenino a cargo. Su nombre no trascendió y el fallo solo lo identifica con iniciales.
El hecho denunciado ocurrió “entre octubre y noviembre de 2020”. La sentencia del Tribunal de Impugnación fue emitida esta semana luego de un largo itinerario judicial que incluyó un primer fallo condenatorio del tribunal de juicio barilochense, que data de marzo de 2023.
La defensa apeló ante el TI, que en un primer pronunciamiento rechazó los planteos. Los patrocinantes del policía recurrieron en queja ante el Superior Tribunal de Justicia, que el año pasado hizo lugar a la impugnación y remitió la causa al TI para que realice una revisión “integral, autónoma y exhaustiva” del caso y dicte nueva sentencia.
Los jueces de ese tribunal Carlos Mussi y Miguel Cardella fueron los firmantes del voto mayoritario, que volvió a condenar al subcomisario. El tercer vocal, Adrián Zimmerman, se abstuvo.
Esfuerzo insuficiente de la defensa por revertir el fallo
El fallo difundido hace pocos días rechazó uno a uno los cuatro “agravios” expuestos por la defensa particular del policía, que estuvo a cargo de Estanislao Cazaus y Mauro Lezcano. Atendió en consecuencia, la acusación promovida por los fiscales Gerardo Miranda y Mariana Lazcano.
Según los jueces, no hubo “parcialidad” por parte del tribunal que dictó el fallo original y tampoco existieron contradicciones ni “fisuras” en el relato de la víctima. “Su testimonio fue fundamental”, consideraron. Relativizaron también las supuestas flaquezas en la intervención profesional de las psiquiatras que la atendieron y que la diagnosticaron con un stress postraumático.
Para los jueces Cardella y Mussi, los agravios de la defensa “resultan insuficientes para rebatir los argumentos de la sentencia en crisis”. Subrayaron que varios testimonios señalaron que la víctima sufría hostigamiento laboral, que se la veía “mal y angustiada” luego de cada reunión a solas con el subcomisario, ante quien debía rendir el “parte diario”, y les pedía a las compañeras que intervinieran si no salía de la oficina luego de cinco minutos.
La sentencia del Tribunal de Impugnación subraya que “la prueba de contexto reunida por el Ministerio Público Fiscal no deja dudas del hostigamiento que sufría” la sargento “en manos” de su jefe, sumado a que la defensa “no logró demostrar que la sentencia impugnada sea errónea o injusta en sus conclusiones”.
Sostuvieron que el episodio del beso, como ocurre en otros casos de acoso sexual, no puede ser ratificado por testigos independientes, pero el relato de la víctima resultó coherente y creíble. También valoraron que la policía mantuvo firme la acusación “ante la presión que implica denunciar a quien cumplía funciones de jefe en la comisaría”.
Agregaron que ni la defensa ni el imputado en su largo descargo “pudieron acreditar que la víctima tenga algún motivo para sostener en todas las instancias una teoría falsa”.
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