El Tribunal de Impugnación convalidó el rol de médicos del hospital de Bariloche en la investigación de un homicidio
El Tribunal de Impugnación desestimó los planteos del defensor particular de Franco Alí González, que está imputado como uno de los integrantes de la banda que mató durante un robo a un comerciante de esta ciudad. En consecuencia, el TI validó la formulación de cargos y la prisión preventiva que se le impuso al sospechoso.
El Tribunal de Impugnación de Río Negro avaló pruebas que la fiscalía y la querella presentaron para justificar el pedido de prisión preventiva contra Franco Alí González, que sigue en pie para el imputado de homicidio en ocasión de robo. (foto de archivo)
La controversia relacionada con la detención de uno de los presuntos autores del homicidio del comerciante Elías Miguel, quien fue detenido cuando se presentó herido en el hospital, llegó al Tribunal de Impugnación provincial, a pedido de la defensa, y ayer se conoció el fallo que rechaza la “exclusión probatoria” de los datos aportados a la policía por los médicos que atendieron al sospechoso.
Franco Alí González está imputado como coautor del asesinato del comerciante barilochense durante un asalto a su vivienda, cometido el 17 de mayo. En un principio él y sus cómplices habían escapado del lugar, pero ese mismo día antes de la medianoche González acudió al hospital urgido por recibir atención médica por una grave herida en el ojo derecho.
Cuando comprobaron que había recibido un balazo, los profesionales de la Guardia dieron parte a la policía, que ya estaba alertada, porque los testimonios dieron cuenta de que Miguel antes de morir se había defendido y consiguió herir a uno de los ladrones.
El abogado defensor Ezequiel Palavecino criticó el procedimiento y pidió la “exclusión probatoria” y la nulidad de esa actuación médica, que resultó clave para formular cargos y dictar la prisión preventiva de González. También pídió la impugnación del registro de cámaras de la casa, que tuvieron amplia difusión en medios de prensa, en lugar de permanecer en reserva y solo a disposición de las partes.
El juez de Garantías Juan Pablo Laurence no le hizo lugar a la exclusión probatoria el pasado 26 de mayo, y el planteo también fue rechazado en una audiencia de revisión por el juez Bernardo Campana. Pero el 18 de junio fue declarado admisible el nuevo recurso de la defensa para llevar el reclamo ante el Tribunal de Impugnación. Este cuerpo, con un fallo redactado por el juez Adrián Zimmerman -con la adhesión de su par Miguel Cardella y la abstención de María Rita Custet- decidió rechazar el recurso y confirmar lo actuado por los jueces de Bariloche.
Las razones de la impugnación
El abogado defensor había cuestionado por “arbitraria” la decisión de admitir la prueba y dijo que el juez de primera instancia “no se explayó sobre los derechos constitucionales” en juego, tanto respecto de la supuesta violación del secreto profesional como de la publicidad de los videos.
El TI citó jurisprudencia de la Corte y del STJ para señalar que “no basta con que la arbitrariedad de la sentencia o la violación de garantías constitucionales sea enunciada”, sino que esas transgresiones “deben demostrarse para habilitar la competencia” de ese tribunal. Subrayaron los principios de “provisoriedad y flexibilidad” del actual estadio del trámite procesal, y dijeron que “hay múltiples oportunidades posteriores para las funciones de información y saneamiento”.
Para los jueces, dictar una nulidad es “una grave decisión, que es siempre restrictiva”, y el trámite del proceso en la etapa de investigacipón preliminar “procura la subsanación y la continuidad, de modo que las exigencias formales no se transformen en ritualismos esterilizantes”. En definitiva, para el TI hubo en el planteo “ausencia de impugnabilidad objetiva y de verosimilitud de la arbitrariedad enunciada”.
La controversia relacionada con la detención de uno de los presuntos autores del homicidio del comerciante Elías Miguel, quien fue detenido cuando se presentó herido en el hospital, llegó al Tribunal de Impugnación provincial, a pedido de la defensa, y ayer se conoció el fallo que rechaza la “exclusión probatoria” de los datos aportados a la policía por los médicos que atendieron al sospechoso.
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