El Tribunal Superior de Neuquén convalidó una actuación fiscal y frenó una posible crisis

La sala penal anuló un fallo del Tribunal de Impugnación. Ejerció una interpretación de la Constitución Provincial que favorece a la fiscalía.

Una espinosa causa judicial, en la que se entrecruzan interpretaciones constitucionales, procesales, y hasta intereses personales, fue resuelta este viernes por la sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén a favor de la fiscalía.

Como efecto principal, o colateral según desde dónde se pare el observador, el fallo de la sala representa un alivio: ahora adquieren certeza un número incalculable de legajos cuyo futuro dependía de esta resolución.

El caso es muy delicado, porque se trata de un delito contra la integridad sexual. A un hombre se le realizó la formulación de cargos (la primera audiencia prevista en el Código Procesal Penal), después el control de acusación, luego el juicio, se lo declaró responsable y se lo condenó.

Al revisar la sentencia, el Tribunal de Impugnación integrado por Richard Trincheri, Florencia Martini y Andrés Repetto, anuló todo el proceso. Desde la audiencia de formulación de cargos en adelante. Todo.

La intervención ilegal


¿Por qué? Porque se descubrió que de esa audiencia participó una funcionaria letrada de la fiscalía, «sin facultades legales» para hacerlo, dijeron los jueces de Impugnación.

La funcionaria letrada asistió a esa audiencia por una designación verbal del (ya jubilado) fiscal jefe Fernando Rubio. Según el Tribunal de Impugnación, la Constitución de la provincia de Neuquén prohíbe esa delegación de tareas.

Sí pero


El vocal Alfredo Elosu Larumbe, integrante de la sala penal del TSJ, afirmó en su fallo al que adhiere Evaldo Moya que «puede discutirse si Rubio, en aras a coordinar la actividad del fiscal de caso y brindarle apoyo pudo asignar verbalmente una función puntual y específica a la funcionaria Fiscal para que asista a una audiencia en la que debía intervenir el fiscal de caso».

«Pero lo que resulta claro, en mi concepto, es que esa delegación no es inconstitucional ni se emparenta con la nulidad a la que refiere la Carta Magna local, pues dicha cláusula tiende al resguardo del sistema republicano y con ello, a la separación de los poderes gubernativos».

El contexto político


Las y los funcionarios de fiscalía han participado en numerosas audiencias de formulación de cargos. Si el Tribunal Superior de Justicia hubiera coincidido con el criterio del Tribunal de Impugnación y declarado la nulidad, el efecto sobre el sistema hubiera sido impredecible y todas las miradas se habrían posado sobre la fiscalía.

Por eso no faltan quienes leen este esgrima procesal en un contexto más político: el del histórico enfrentamiento entre un sector de los magistrados con el Ministerio Público Fiscal.

Hoy por hoy, entre los vocales Elosu Larumbe y Evaldo Moya -se suma Soledad Gennari- existe comunión de intereses con el fiscal general José Gerez. Este fallo de la sala penal viene a demostrarlo.


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