Era autoridad de mesa en Neuquén y faltó: ahora, debe donar dinero al hospital Castro Rendón
La Cámara Nacional Electoral revocó un fallo de Neuquén y aceptó una reparación integral en un caso de incumplimiento de deberes como autoridad de mesa durante las PASO 2023. En una primera instancia no la habían dejado abonar la compensación.
La Cámara Nacional Electoral tomó una decisión casi inédita en un caso que tuvo origen en Neuquén: por mayoría, el tribunal admitió la reparación integral en un proceso por incumplimiento de deberes como autoridad de mesa durante las elecciones PASO 2023. De esta manera, una imputada que no se presentó a cumplir con su designación podrá extinguir la acción penal mediante una donación de dinero a un hospital público y el cumplimiento de pautas de conducta.
La resolución revocó lo dispuesto por el Juzgado Federal N°1 de Neuquén, que había rechazado la propuesta presentada en conjunto por la defensa de la imputada y el Ministerio Público Fiscal, bajo el argumento de que el caso carecía de una víctima directa a quien resarcir.
El caso en Neuquén
La investigación se inició tras las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 13 de agosto de 2023. Una mujer de la ciudad de Neuquén había sido designada como autoridad de mesa, pero no concurrió a cumplir con su rol. El artículo 132 del Código Electoral Nacional tipifica como delito esta conducta, con penas que van de seis meses a dos años de prisión.
En este marco, la imputada, representada por la Defensa Pública, junto con el Área Electoral de la Unidad Fiscal de Neuquén, propuso una solución alternativa: la donación de 70.000 pesos al Hospital Provincial Neuquén “Dr. Eduardo Castro Rendón” y el cumplimiento de pautas de conducta, bajo el régimen de reparación integral contemplado en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal.
Rechazo inicial y apelación
La jueza María Carolina Pandolfi, titular del Juzgado Federal N°1, rechazó el acuerdo al considerar que la figura de la reparación integral no era aplicable en casos sin una víctima individual. Según su criterio, el Ministerio Público Fiscal no podía ser equiparado a la figura de víctima.
Frente a esta resolución, tanto la fiscal federal Ángela Cecilia Pagano Mata como la defensa oficial apelaron. Sostuvieron que el incumplimiento generaba un daño al erario público y que debía habilitarse una salida alternativa, en sintonía con los principios del sistema acusatorio y de las normativas que promueven soluciones restaurativas.
Argumentos del Ministerio Público Fiscal
En su recurso, la fiscalía destacó que la ausencia de autoridades de mesa afecta directamente la organización de los comicios y genera costos adicionales para el Estado. Además, sostuvo que la interpretación restrictiva del juzgado implicaba un retroceso hacia modelos punitivos inquisitoriales, cuando el sistema acusatorio vigente impulsa la solución de conflictos primarios y medidas restaurativas antes que el mero castigo.
La fiscalía citó las Reglas de Brasilia, la acordada 5/2009 de la Corte Suprema y directrices internacionales sobre el rol de los fiscales, todas en la misma línea: fomentar alternativas al juicio y priorizar la reparación sobre la sanción penal.
La decisión de la Cámara Nacional Electoral
La Cámara Nacional Electoral, con los votos de Daniel Bejas y Santiago Corcuera —Alberto Dalla Vía votó en disidencia—, revocó el rechazo y devolvió el expediente al juzgado para que analice la integralidad de la reparación ofrecida.
Los jueces recordaron que el artículo 22 del Código Procesal Penal Federal ordena dar preferencia a soluciones que restablezcan la armonía social y no se limiten al castigo. En esa línea, consideraron que la reparación integral es aplicable, incluso en delitos sin víctima individual, siempre que se satisfagan de forma adecuada las consecuencias del hecho ilícito.
Un cambio de paradigma
La resolución marca un precedente en materia electoral y en la interpretación de las salidas alternativas dentro del sistema penal. Los camaristas subrayaron la necesidad de superar un modelo rígido de acción pública y abrir espacio a mecanismos más flexibles que permitan reducir la intervención punitiva del Estado, priorizando métodos autocompositivos.
Diferenciaron, además, entre conciliación y reparación integral: mientras la primera supone un acuerdo bilateral entre víctima e imputado, la segunda implica un cumplimiento unilateral de prestaciones que resarcen las consecuencias del delito. En este caso, la reparación ofrecida —donación económica a un hospital— cumple ese propósito.
Implicancias
La decisión de la Cámara no sólo impacta en el caso particular de Neuquén, sino que también sienta bases para futuros procesos en los que se busque aplicar la reparación integral a delitos considerados de interés público. Abre el debate sobre la forma en que se deben resolver los conflictos penales en un sistema que pretende ser más eficiente, racional y restaurativo.
La Cámara Nacional Electoral tomó una decisión casi inédita en un caso que tuvo origen en Neuquén: por mayoría, el tribunal admitió la reparación integral en un proceso por incumplimiento de deberes como autoridad de mesa durante las elecciones PASO 2023. De esta manera, una imputada que no se presentó a cumplir con su designación podrá extinguir la acción penal mediante una donación de dinero a un hospital público y el cumplimiento de pautas de conducta.
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