Juicio Daniel Solano II en Río Negro: qué pena pidieron para el policía condenado por vejaciones

En octubre, un tribunal de Roca declaró culpable a Walter Echegaray por vejaciones contra Daniel Solano, pero lo absolvió de otros delitos. Hoy discutieron la pena y los jueces pasaron a deliberar. Qué monto solicitaron las partes.

El Tribunal de Juicio de Roca dio apertura a la etapa de cesura por el juicio Solano II, una instancia clave para determinar la pena contra uno de los policías condenados por el delito de vejaciones que tuvo como víctima a Daniel Solano en Choele Choel. La causa, uno de los casos más emblemáticos de violencia institucional en Río Negro, incorporó un nuevo responsable sobre los hechos que volvieron a poner el expediente en debate público.

En esta segunda etapa que culminó en octubre, los jueces debieron analizar si otros tres policías tuvieron participación, encubrieron o incumplieron deberes durante la madrugada en que Solano fue retirado por la fuerza de un boliche y posteriormente desapareció. El fallo dejó un resultado mixto que volvió a generar impacto entre familiares, organismos y la comunidad.


El veredicto: un solo condenado


El Tribunal, integrado por los jueces Alejandro Pellizzón, Maximiliano Camarda y Natalia González, resolvió por unanimidad declarar culpable a Walter Raúl Echegaray por el delito de vejaciones agravadas. Sin embargo, lo absolvió como partícipe necesario del homicidio agravado, figura por la que había sido acusado inicialmente.

En paralelo, los policías Cristian Gustavo Toledo y Ceferino Sebastián Muñoz fueron declarados no culpables de los cargos de encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La resolución se basó en la falta de elementos probatorios suficientes presentados durante las jornadas de debate oral.


Fundamentos del Tribunal


El juez Camarda fue el encargado de leer el veredicto y explicó que la prueba reunida no permitió sostener las acusaciones contra Toledo y Muñoz. De acuerdo con su razonamiento, no se acreditó el conocimiento necesario ni la intención de encubrir ni de omitir deberes vinculados al caso Solano.

En cambio, respecto a Echegaray, los magistrados consideraron acreditado su rol en los hechos de vejaciones ocurridos durante la madrugada en el boliche Macuba, donde Solano fue sacado por la fuerza por un grupo de policías. Los testimonios que describieron golpes, empujones y un uso desmedido de la fuerza fueron determinantes para la condena.


La audiencia de cesura: los pedidos de pena para Echegaray


La fiscal en jefe Teresa Giuffrida encabezó la audiencia de cesura para definir el monto de la pena que deberá enfrentar Echegaray. Recordó que no registra antecedentes penales y que eso constituye un atenuante a considerar. Sin embargo, destacó como agravante la violencia ejercida y la naturaleza del acto cometido.

Giuffrida recordó testimonios clave que relataron cómo Solano fue sacado del boliche “como una bolsa de papas”, golpeado y empujado en un contexto donde no representaba una amenaza. Solicitó una pena de «tres años de prisión de ejecución condicional, más seis años de inhabilitación especial para ejercer funciones policiales».

Además pidió reglas de conducta: fijar domicilio, presentaciones periódicas ante el IAPL, capacitación obligatoria en Derechos Humanos y pago de las costas del proceso.


La postura de la querella y la defensa


El abogado querellante Leandro Aparicio adhirió por completo al pedido formulado por la fiscalía, destacando la gravedad simbólica y material del hecho.

Por el contrario, la defensa de Echegaray —encabezada por Nicolás Suárez Colman— solicitó la pena mínima posible de un año de prisión en suspenso. Afirmó que el nivel de violencia atribuido por la fiscalía estaba “sobredimensionado” y que los golpes contra paredes eran consecuencia del estado de ebriedad de Solano y no de una acción policial de su asistido.

También cuestionó la intención de ligar este hecho con las consecuencias posteriores. La defensa insistió en que Echegaray tuvo una trayectoria intachable como policía y que no existen patrones de conducta abusiva en su desempeño.


Lo que viene


El juez Pellizzón fijó para el 9 de diciembre, a las 12, la lectura integral de la sentencia, momento en el que se conocerá el monto exacto de la pena. A partir de esa resolución comenzarán los plazos procesales para eventuales apelaciones por parte de las partes involucradas.


Un caso emblemático que sigue en búsqueda de justicia


El caso Daniel Solano continúa siendo uno de los hechos más representativos de violencia institucional en democracia. En 2018, siete policías fueron condenados a prisión perpetua por su homicidio, sentencia que quedó firme en 2023.

Este segundo juicio buscó profundizar responsabilidades adicionales dentro de la estructura policial. Aunque el resultado absolvió a la mayoría de los nuevos imputados, el Tribunal reconoció que las vejaciones existieron y que fueron un componente determinante en la cadena de hechos que culminaron con la desaparición y muerte del trabajador salteño.

El fallo generó sensaciones encontradas: por un lado, un avance parcial hacia el esclarecimiento del accionar policial; por otro, el persistente reclamo por una verdad completa y una justicia integral.


El Tribunal de Juicio de Roca dio apertura a la etapa de cesura por el juicio Solano II, una instancia clave para determinar la pena contra uno de los policías condenados por el delito de vejaciones que tuvo como víctima a Daniel Solano en Choele Choel. La causa, uno de los casos más emblemáticos de violencia institucional en Río Negro, incorporó un nuevo responsable sobre los hechos que volvieron a poner el expediente en debate público.

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