Lo condenaron por participar de un robo de $20 millones en una chacra de Río Negro, pero no irá a prisión
Un hombre fue condenado por liderar un violento asalto en una chacra de Villa Manzano, pero quedó en libertad tras recibir una pena de tres años en suspenso.
Un hombre de 27 años fue condenado por un violento robo en banda ocurrido en Villa Manzano, en Río Negro, durante mayo del 2024. Aunque participó en un hecho que incluyó golpes, amenazas de muerte y el robo de $20 millones, la Justicia le impuso tres años de prisión de ejecución condicional y ordenó su inmediata libertad.
Claudio Exequiel Rodríguez, de 27 años y oriundo de Cinco Saltos, recuperó la libertad esta semana, tras un acuerdo entre la defensa y el Ministerio Público Fiscal. El juez Julio César Sueldo homologó la pena con pautas de conducta estrictas por dos años, entre ellas la prohibición de acercarse a las víctimas, una familia que fue atacada en su chacra con armas de fuego y amenazas directas a un menor.
El hecho: encapuchados, armas y amenazas a un menor
El violento asalto ocurrió el 11 de mayo de 2024, cerca de las 23:30 horas, en una chacra ubicada en Villa Manzano. Rodríguez, junto a otros tres sujetos armados y encapuchados, ingresaron por la fuerza a la vivienda donde se encontraban las víctimas.
La familia fue reducida a golpes mientras los asaltantes exigían dinero. A uno de los hombres lo golpearon en la cabeza con un fierro y a una persona menor de edad la amenazaron con dispararle si no entregaban lo que buscaban. La familia, ante el pánico, entregó un maletín con $20 millones, dos celulares y las llaves de una camioneta Fiat Strada, que también fue robada.
Cambios en la calificación legal
Inicialmente, el hecho fue caratulado como «robo agravado con arma de fuego». Sin embargo, la Fiscalía solicitó recalificar el delito como «robo en poblado y en banda con uso de arma cuya aptitud para el disparo no ha sido acreditada«, ya que no se pudo comprobar que se hayan efectuado disparos durante el asalto. Aunque un testigo oyó una «detonación», peritajes posteriores no hallaron evidencia concreta.
Pena mínima, colaboración y libertad inmediata
Rodríguez fue defendido por Stella Maris Bravo, quien aceptó el acuerdo en nombre del acusado. El magistrado consideró que el imputado no tenía antecedentes penales computables, había colaborado con la investigación y confesado su participación en los hechos. El acuerdo estableció una pena de tres años de prisión en suspenso, con libertad inmediata.
Además, deberá cumplir por dos años con pautas de conducta, como:
- Mantener su domicilio y notificar cambios
- No cometer nuevos delitos
- No consumir drogas ni alcohol en espacios públicos
- Presentarse periódicamente ante el Juzgado de Ejecución N° 8
- No acercarse ni contactar a la familia víctima, incluyendo redes sociales y medios digitales
La pena quedó sujeta al artículo 27 bis del Código Penal, lo que implica que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones podría derivar en la revocación de la condicionalidad y su traslado a prisión efectiva.
Segundo hecho: sobreseimiento por falta de pruebas
El legajo judicial incluía un segundo hecho ocurrido el 2 de agosto de 2024 en una chacra de Sargento Vidal, donde cuatro personas armadas ingresaron y golpearon a dos víctimas para robarles dinero y celulares. Si bien Rodríguez fue inicialmente vinculado, el fiscal López pidió el sobreseimiento por falta de evidencia suficiente que lo vinculara con ese evento. La juez Sueldo aceptó el planteo y ordenó su desvinculación definitiva del hecho.
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