La Corte no revisará por ahora la sentencia que condenó a docentes por causar la muerte de una alumna de Bariloche
El STJ de Río Negro desestimó los recursos que habían presentado las defensas de las dos maestras y el profesor condenados por homicidio culposo, para que eleven el expediente a la Corte Suprema para su revisión. La única alternativa que les queda es ir con una queja. La nena se ahogó en el lago Gutiérrez durante una salida escolar.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó los recursos extraordinarios federales que los defensores de tres docentes condenados por su responsabilidad -a partir de su conducta negligente- en la muerte de la alumna Celeste Silva, de una escuela primaria de Bariloche, que se ahogó en el lago Gutiérrez durante una salida escolar.
Con esa decisión, el STJ denegó la posibilidad a los defensores de elevar el expediente al máximo tribunal del país para que controle la sentencia condenatoria. A nivel provincial, se agotaron todas las instancias de revisión de ese fallo. La última opción es recurrir con un recurso de queja ante la Corte Suprema.
El STJ dictó el 13 de febrero último la resolución que se publicó en la página web del Poder Judicial.
Antecedentes del caso
El 10 de diciembre del 2021, un grupo de 89 alumnos de sexto y séptimo grado de la Escuela 273, acompañados de cinco docentes y cinco padres fueron al complejo Los Baqueanos, ubicado en el lago Gutiérrez, a unos 21 kilómetros de Bariloche.
La salida recreativa formaba parte del proyecto “Nos vamos dejando Huellas”. La fiscalía advirtió en la acusación que los docentes a cargo de los grupos permitieron que los alumnos realicen actividades en aguas abiertas que no estaban contempladas en el proyecto, sin ejercer la correcta supervisión.
Un grupo de chicos y chicas jugaba al vóley y se les fue la pelota al lago, justo hacia un sector profundo. Tres alumnas fueron por el balón y no hicieron pie. Una de las chicas salió por sus propios medios y un docente imputado rescató a la otra. Pero no se dieron cuenta de que Celeste había quedado en el agua.
Cuando estaban por emprender el retorno a Bariloche, advirtieron la ausencia de Celeste. Comenzaron a buscarla. Hallaron a la niña sumergida en el lago, a unos dos metros de profundidad. Murió ahogada. Celeste tenía 12 años y era hija única.
Los docentes que fueron imputados
De los cinco docentes que fueron a cargo del grupo de estudiantes, solo tres llegaron a juicio oral y público. Se trata de Patricia Griselda Cantero, Norma Gabriela MIllamán y Cristian Osvaldo León Arriagada.
En noviembre del 2022, la fiscal jefa Betiana Cendón pidió el sobreseimiento del docente Alejandro Gastón Marelli, que había sido imputado por tener responsabilidad en la muerte de Celeste. El juez de garantías Ricardo Calcagno dictó el sobreseimiento de Marelli tras escuchar el planteo de Cendón. Las defensas de las demás docentes cuestionaron la postura de la fiscalía.
A finales de abril del 2023, la docente Quimey Malén Painefil admitió su responsabilidad en la tragedia y acordó con la fiscalía y la querella, con el consentimiento de su defensor, resolver el conflicto en un juicio abreviado. A cambio de reconocer su responsabilidad, el juez le impuso 2 años de prisión en suspenso.
El 18 de abril de 2024, el juez Marcos Burgos condenó a Cantero y Millamán a dos años y seis meses de prisión condicional por homicidio culposo e inhabilitación especial por 5 años para realizar actividades educativas al aire libre al cuidado de menores de edad.
Mientras que al docente Arriagada le impuso 3 años de prisión de ejecución condicional por el mismo delito e inhabilitación especial por 6 años para realizar actividades educativas al aire libre al cuidado de menores de edad.
Para Burgos, la muerte de Celeste ocurrió por el accionar negligente de los docentes imputados, quienes no ejercieron la correcta supervisión del grupo y en inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo, establecidos por la normativa del Consejo Provincial de Educación.
Los recursos de las defensas
Las defensas de los docentes apelaron esa sentencia de Burgos. El Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) rechazó el 5 de agosto pasado los recursos y confirmó el fallo condenatorio.
Los defensores volvieron a impugnar para que el STJ controle la sentencia. Pero el TIP desestimó los planteos. Por eso, las defensas presentaron recursos de queja que el STJ rechazó el 12 de noviembre del 2024.
Ahora, la jueza del STJ Liliana Piccinini y sus pares Ricardo Apcarian y Sergio Ceci rechazaron, en primer término, la recusación que había planteado el defensor particular Rodolfo Rodrigo contra ellos. Rodrigo defiende a Millamán y Cantero. Mientras que el abogado Sebastián Arrondo asiste a Arriagada.
El fiscal general Fabricio Brogna pidió que los recursos extraordinarios pres sean declarados inadmisibles.
Los motivos por los que el STJ rechazó los recursos
Los jueces del STJ señalaron que los recursos extraordinarios federales presentados por Rodrigo y Arrondo tenían defectos formales y no podían prosperar. Indicaron que “despliegan una argumentación que no resulta idónea para refutar la motivación del fallo atacado”.
“Los defensores no introducen razones que evidencien la arbitrariedad denunciada o alguna otra cuestión federal suficiente que amerite la habilitación de la vía excepcional”, advirtieron.
Recordaron jurisprudencia de la Corte Suprema que sostiene que “resultan ineficaces los agravios que constituyen meras discrepancias con el criterio del sentenciante pero distan de tener una crítica correcta y razonada de los fundamentos que informan la sentencia”.
Destacaron que la Corte “ha establecido que no constituye una correcta fundamentación del recurso extraordinario la alegación de que el fallo atacado viola ciertas garantías constitucionales si el impugnante no logra precisar y puntualizar de qué modo han operado efectivamente tales violaciones”.
“Respecto del agravio relativo a los montos de pena, cabe sostener que la determinación de la sanción, mientras se respeten el tipo penal y la escala correspondientes, es una tarea que se encuentra dentro de los poderes discrecionales del Tribunal de Juicio y, por ello, no puede ser atacada por la vía intentada, salvo evidente arbitrariedad que en este caso no se aprecia”, concluyeron Piccinini, Ceci y Apcarian. Los jueces Sergio Barotto y Miguel Cardella, en carácter de subrogante, se abstuvieron.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó los recursos extraordinarios federales que los defensores de tres docentes condenados por su responsabilidad -a partir de su conducta negligente- en la muerte de la alumna Celeste Silva, de una escuela primaria de Bariloche, que se ahogó en el lago Gutiérrez durante una salida escolar.
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