Un juez de Cipolletti ordenó una revinculación «virtual» de un preso

El magistrado de Ejecución Lucas Lizzi resolvió una compleja situación en el entorno de un interno. Dijo que la resociabilización debe ser progresiva.

Un juez de Cipolletti se metió de lleno en varias cuestiones centrales que rodean al servicio penitenciario: la resocialización y la revinculación progresiva con la particularidad de mediar en un contexto de violencia de género. Lucas Lizzi, magistrado de Ejecución, resolvió anular una sanción impuesta a un detenido y, al mismo tiempo, negó el pedido de revinculación familiar directa por un episodio de violencia en una visita.


Lizzi argumentó que la sanción por una pelea dentro del penal no tenía pruebas suficientes y la dejó sin efecto. Se centró principalmente en el pedido de la fiscalía de suspender la revinculación familiar. Destacó la importancia y necesidad del entorno familiar, pero dispuso que la resociabilización se reinicie de forma virtual.


La audiencia fue a pedido del defensor Miguel Angel Zeballos Días quien apeló una sanción aplicada al interno por una supuesta participación en un conflicto carcelario y solicitó que se permita nuevamente el contacto del interno con su pareja y su hijo, suspendido tras una «discusión» ocurrida durante una visita en mayo de 2024.


El juez Lizzi resolvió anular la sanción impuesta al detenido, considerando que no había pruebas suficientes que demostraran su participación en el incidente dentro de la cárcel. Los testimonios recogidos indicaron que la conducta violenta correspondía a otros internos, y que H.M.W. no había agredido a nadie ni poseía elementos peligrosos en su poder. La fiscalía representada por Ivana Vassellatti se mostró de acuerdo con esta postura.


Sin embargo, el punto más delicado de la audiencia fue la discusión sobre la revinculación familiar del interno. El defensor argumentó que la cárcel debe priorizar la resociabilización y el fortalecimiento de los vínculos familiares.


Por eso solicitó que se anule el acta que suspendía las visitas de su pareja y su hijo al penal. Planteó que la revinculación es esencial para la reinserción social y que la suspensión de las visitas obstaculiza este proceso.


El juez, al evaluar la solicitud, tuvo en cuenta un informe del área social del penal que detalló los problemas de violencia que motivaron la suspensión. Según el informe, el altercado surgió de una situación tensa entre el interno y su pareja, con acusaciones de agresión verbal y psicológica, aunque no se presentaron denuncias formales. El juez subrayó que, aunque no hubo violencia física, el contexto de violencia de género requiere una intervención cuidadosa para evitar nuevos episodios.


Lizzi sostuvo que la resociabilización no es automática y que debe realizarse de manera gradual y segura. Aunque rechazó la solicitud de anular el acta, ordenó al área social del penal trabajar en una estrategia que permita una revinculación progresiva mediante videollamadas, siempre que no se repitan situaciones de violencia.

El juez consideró que el contacto familiar puede ser un componente clave en el proceso de reinserción, pero advirtió que la seguridad de la víctima debe ser la prioridad. Ahora queda en manos del servicio penitenciario el control de lo que el interno haga con este teléfono. Un tema candente.


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