La Corte falló a favor de Chevron en un reclamo del Neuquén

Archivo/Matías Subat

NEUQUÉN (AN).- La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un reclamo del gobierno neuquino a partir del cual reclamaba a la empresa Chevron el pago de regalías por gas que se utiliza para generar electricidad que abastece al yacimiento El Trapial, en cercanías de Rincón de los Sauces. El gobierno neuquino pretendía el pago de unos 12 millones de pesos sin ajustes y había tenido un fallo favorable en primera en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén El fallo es del 25 de junio y llegó luego de que la petrolera norteamericana presentara un recurso de queja ante la Corte con el argumento de que no se trata un gas comercializable sino de un insumo imprescindible para poder poner en producción al yacimiento. La medida fue difundida ayer por El Inversor On Line. El máximo tribunal de la Nación sostuvo que la cuestión planteada ya había sido resuelta en el 2011 en una causa anterior promovida también por Chevron donde se declaró la inconstitucionalidad del artículo 62, de la ley de la provincia de Neuquén 2453 en cuanto establece que “no podrá deducirse como consumo interno el gas que se utilice para generación eléctrica, aunque la energía sea utilizada dentro del yacimiento”, y del decreto provincial 594 del 2005 dictado con fundamento en dicha ley. En ese marco, la Corte Suprema de Justicia agregó que, en tales condiciones, toda vez que las normas en las que la provincia de Neuquén sustentó su reclamo, fueron declaradas inconstitucionales por oponerse al régimen federal vigente en materia de liquidación y percepción de regalías hidrocarburíferas, “corresponde remitir a los fundamentos expuestos en el fallo mencionado precedentemente, y revocar la sentencia impugnada”. En noviembre del 2011, ante el pedido de declaración de certeza solicitado por Chevron, la Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que era inconstitucional pues la ley establece que “no podrá deducirse como consumo interno el gas que se utilice para generación eléctrica, aunque la energía sea utilizada dentro del yacimiento”, y del decreto provincial 594/05 dictado con fundamento en esa norma, en tanto se oponen al régimen federal vigente en materia de liquidación y percepción de regalías hidrocarburíferas.


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