Las cámaras de seguridad también serán para aplicar multas

El Concejo Deliberante aprobó la modificación de una ordenanza para sancionar con fotomultas a quienes arrojen basura en lugares públicos.

Los ediles aprobaron la modificación en una norma para que las cámaras urbanas, que permiten labrar las fotomultas a los infractores, también lo hagan con aquellos vecinos que arrojen basura en la vía pública o en los espacios expresamente prohibidos. Bajo la misma modalidad que ocurre con las infracciones de tránsito, también se las aplicará para los vecinos desaprensivos que no cuidan la limpieza de la ciudad.

La propuesta, impulsada por los ediles Claudio Sandoval Valenzuela y el presidente del cuerpo, Cristian Perottti, fue analizada en la comisión de Gobierno, Planificación y Desarrollo y allí salió el despacho para que ser puesto a consideración de la totalidad del cuerpo. El artículo en cuestión es el 33° de la ordenanza 597 de 1986 que al ser modificado, incorpora al infractor que arroja residuos en la vía pública.

“En tema del arrojo de basura en las esquinas o a otros vecinos, es un problema”, dijo el edil Sandoval Valenzuela en la última sesión. En su línea de argumentación expresó además que en muchos casos, no se respetan los lugares señalados como libre de residuos “y se hace, incluso, una vez que pasa el operativo de limpieza. Entonces, aplicarle la fotomulta sería una alternativa y para eso necesitamos la herramienta que sea clara”.

La modificación está expresada de la siguiente manera. “El funcionario que compruebe una infracción, labrará de inmediato un acta. Tal comprobación podrá realizarse personalmente o a través de las cámaras que el municipio ha dispuesto en distintos lugares de la ciudad”, se especificó. Y contendrá “los siguientes elementos: el lugar, fecha y hora de la comisión del hecho y u omisión punible; la naturaleza y circunstancias de los mismos y las características de los elementos o en su caso, vehículos empleados para cometerlos; nombre y domicilio del presunto infractor si hubiese sido posible determinarlo; nombre y apellido de los testigos, si los hubiere; disposición legal presuntamente infringida; firma del funcionario actuante con aclaración de nombre y cargo; en caso de que la comprobación haya sido realizada a través de una cámara se adjuntará acta de infracción fotográfica del hecho que la motiva”. La norma fue aprobada por mayoría.

“Mediante esta modificación de la ordenanza se podrá identificar a las personas que ensucien la vía pública”.

Claudio Sandoval Valenzuela, concejal de la ciudad de Cutral Co.

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“Mediante esta modificación de la ordenanza se podrá identificar a las personas que ensucien la vía pública”.

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