Las penas máximas

Por Redacción

El Código Penal, en su artículo 119, establece que la pena será de cuatro a diez años de prisión cuando el abuso, por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima. Dice en el párrafo siguiente que la pena será de seis a quince años cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por cualquier vía. Enumera una serie de agravantes (el uso de armas, los daños provocados en la salud o si el hecho fuera cometido por un ascendiente o tutor) y eleva el máximo a 20 años de cárcel. En Cipolletti, la pena más alta por un caso de abuso sexual fue de 25 años de prisión. El imputado, su nombre no se publica porque es el padre de las víctimas, abusó de sus tres hijas menores de edad. A la mayor la sometió desde que ella tenía ocho años. Producto de esos hechos la adolescente tuvo dos hijos y la paternidad del acusado fue corroborada mediante estudios de ADN. El hombre abusaba de sus hijas día por medio. Las hacía ingresar a la habitación y les decía “vamos a ordenar la pieza”. Les propinaba golpes permanentemente y les negaba comida como forma de castigo. En 2011, el condenado echó a las niñas de su casa porque “no querían limpiar” y las víctimas terminaron relatando lo sucedido en una comisaría. El chacarero que residía en la zona de Cinco Esquinas también fue condenado a una de las penas más altas que se han dictado en la Cuarta Circunscripción Judicial. Lo sentenciaron a 15 años de cárcel por el delito de “corrupción de menores agravada por el vínculo”. El hombre comenzó a someter a su hija cuando la niña tenía ocho años. Las situaciones de abusos se reiteraron con el paso del tiempo y cuando la víctima entró en la adolescencia, el condenado la obligaba a practicarle sexo oral a cambio de otorgarle permiso para realizar actividades propias de su edad (ir al cyber, salir a bailar). Por las noches la violaba en un motel.