Por qué archivaron la denuncia de abuso contra Axel

El Ministerio Público Fiscal dio a conocer un comunicado oficial sobre el caso del cantante.

La denuncia por abuso sexual contra el cantante Axel fue archivada por falta de pruebas y porque las pericias tampoco sostuvieron la presentación de la joven que lo acusó. Así lo indica un comunicado del Ministerio Público Fiscal de Cipolletti, que investigó los presuntos hechos que habrían sucedido en Catriel.

Además reconoce que si llevara a Axel a un juicio oral, no tendría elementos suficientes para lograr una condena, y la fiscalía tiene el deber de objetividad.

El mediodía de este lunes se supo que la fiscalía de Cipolletti archivó la denuncia por presunto abuso sexual presentada contra Axel por un hecho presuntamente ocurrido en 2017 en Catriel, durante la Fiesta del Petróleo en esa ciudad.

Los investigaciones de la fiscalía indicaron que «sin desconocer la importancia del testimonio de la víctima en estos casos», no hubo «testigos presenciales», y a esto se suma que «todos los testimonios de personas que compartieron momentos inmediatamente posteriores al hecho con la denunciante no son coincidentes con los dichos» de la joven.

«En igual sentido, las conclusiones de la pericia psicológica realizada a la joven por parte de los profesionales Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial de esta provincia, no refuerza lo mencionado por la misma en ocasión de declarar ante las autoridades judiciales», agrega.

El comunicado de la fiscalía revela entonces que «sin advertir por el momento la posibilidad de producir nuevas evidencias que permitan avanzar hacia una instancia posterior del proceso, la fiscal del caso, Rocío Guiñazú resolvió reservar las actuaciones hasta tanto surjan nuevas medidas probatorias».

Por ahora, añade la fiscalía, no quedan pruebas pendientes, y las reunidas hasta ahora no son suficientes para acreditar la existencia del hecho, «siendo en consecuencia, insuficiente -por el momento- la evidencia colectada para llevar a juicio al imputado”.

A lo anterior recordó que la fiscalía «debe cumplir con el deber de objetividad previsto en el ordenamiento legal vigente y desde allí considerar si en la instancia de juicio oral se podrá arribar al grado de certeza para obtener una condena, situación que no se cumpliría en este caso teniendo en cuenta el estándar de evidencias requeridos por los tribunales locales desde la entrada en vigencia del Código de Procedimiento Penal que prevé el sistema acusatorio y adversarial».

La medida «fue notificada a la querella y la defensa que intervienen en el caso haciéndose saber además que en caso de surgir nueva prueba, se podrá reabrir la investigación y continuar con la misma».

Por último, la fiscalía aclaró que «la querella o la propia denunciante pueden solicitar la revisión de la resolución ante el fiscal jefe que corresponda o incluso solicitar que la acción penal se transforme en privada y avanzar de forma autónoma con el proceso».


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