Los que tienen que estar aislados y los que son contacto estrecho para Neuquén

Salud actualizó los criterios, luego del acuerdo con Nación, pero con sus propios criterios.

El ministerio de Salud de Neuquén cambió los criterios para considerar que una persona es contacto estrecho de alguien contagiado con coronavirus y también las condiciones de aislamiento. La novedad llega después del acuerdo con Nación a través del Consejo Federal de Salud (Cofesa), pero con algunos aspectos distintos.

Desde el Gobierno se explicó que la decisión se tomó «frente al actual contexto epidemiológico y con el objetivo de fortalecer la vigilancia y limitar la transmisión del COVID-19»,

Se aclaró que las medidas de control a implementar tanto ante casos confirmados por diagnóstico etiológico (o sea, por las causas) o por criterio clínico-epidemiológico son: aislamiento y control clínico del caso, e identificación y cuarentena de contactos estrechos.

Los criterios que informó Salud son:

Criterios de aislamiento de casos confirmados:

Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto:
10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.

Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):
7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), con al menos 48 horas sin síntomas o con síntomas leves, más 3 días de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia social, ventilar los ambientes de manera continua, extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

A todos los casos confirmados se les inhabilitará el pase sanitario por 10 días para concurrir a eventos masivos u otras actividades consideradas de mayor riesgo.

Criterios para la cuarentena de contactos estrechos:

Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto:
10 días de aislamiento desde el momento del último contacto con un caso confirmado.

Contacto estrecho asintomático con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):
5 días de aislamiento desde la fecha de último contacto con el caso confirmado más 5 días de cuidados especiales (no concurrir a eventos definidos como de mayor riesgo -eventos masivos, reuniones sociales-, utilizar barbijo de forma adecuada –bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener distancia social, ventilar los ambientes de manera continua, extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

El personal de salud debe extremar los cuidados con uso estricto de EPP durante los 5 días restantes y automonitoreo de síntomas.

Es fundamental el control del cumplimiento de los días de aislamiento de los casos y cuarentena de los contactos estrechos, según las normativas vigentes.

Definición de contacto estrecho

-Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a dos metros con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas. durante al menos 15 minutos. (ej. convivientes, visitas, compañeros de trabajo).

-Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas.

-Adicionalmente debe considerarse contacto estrecho en barrios populares, pueblos originarios, instituciones cerradas o de internación prolongada a:

Toda persona que comparta habitación, baño o cocina con casos confirmados de COVID-19.
Toda persona que concurra a centros comunitarios (comedor, club, parroquia, paradores para personas en situación de calle, etc.) y haya mantenido estrecha proximidad con un caso confirmado, mientras el caso presentaba síntomas (menos de 2 metros, durante 15 minutos).

Contacto estrecho en personal de salud

-Se considerará personal de salud expuesto a SARS-CoV-2 a quienes sin emplear correctamente equipo de protección personal apropiado:

-Permanezcan a una distancia menor de dos metros de un caso confirmado de COVID-19 durante por lo menos 15 minutos (por ejemplo, compartir un consultorio o una sala de espera).

-Tengan contacto directo con secreciones (por ejemplo, tos, estornudo, etc.).

-Tengan contacto directo con el entorno en el que permanece un paciente confirmado (como habitación, baño, ropa de cama, equipo médico, entre otros, incluye los procedimientos de limpieza de estos).

-Permanezcan en el mismo ambiente durante la realización de procedimientos que generen aerosoles.
No se considerará personal de salud expuesto a SARS-CoV-2 a quienes hayan empleado correctamente el equipo de protección personal apropiado en todo momento.

Contacto estrecho en un avión/bus

Todos los pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor y la tripulación que haya tenido contacto con casos confirmados de COVID-19 que hayan comenzado los síntomas o hayan sido confirmados dentro de las 48 hs posteriores al vuelo.


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