La fiscalía convalidó la enmienda que eliminó las elecciones cada dos años

El Deliberante de Neuquén se elegirá cada cuatro años, como la intendencia. Resta la última opinión del TSJ.

El fiscal general José Gerez rechazó el planteo de inconstitucionalidad que hizo un grupo de exconvencionales constituyentes sobre la convocatoria a enmienda de la carta orgánica de la ciudad capital de Neuquén.

Los cambios comenzaron a operar tras la votación que se produjo el 24 de octubre pasado. Así fue cuando el intendente Mariano Gaido decidió la continuidad de Claudia Argumero en la presidencia del Concejo. Esta definición la tomaba antes el mismo Deliberante.

El cambio más grueso fue que el mandato de los concejales electos será hasta el 2023, de modo que las próximas autoridades se elijan cada 4 años y desterrar la renovación parcial del Deliberante o elección bianual en la capital neuquina.

La postura de que es el ciudadano el que ejerce la soberanía cuando vota y tiene la última palabra, la había adelantado el fiscal Gerez cuando opinó en contra de la suspensión del referéndum por el sí o no a la enmienda.

El Tribunal Superior de Justicia tendrá la última palabra ahora para resolver si la enmienda que se votó el 24 de octubre es inconstitucional.

Sin embargo, se estima que no irá en contra de lo que reafirmó la fiscalía general.

“El pueblo de la ciudad de Neuquén ya aprobó la enmienda realizada por sus representantes”, planteó Gerez en tanto indicó que “la cuestión quedó resuelta con el pronunciamiento popular” y un fallo judicial no lo puede revocar, sostuvo.

Recalcó que los tribunales están para “asegurar el cumplimiento de la constitución y las cartas orgánicas y no juzgar acerca de ellas”. Gerez reafirmó que si los vecinos de la ciudad hubieran considerado que no correspondía el mecanismo de modificación o los cambios propuestos, o ambos escenarios, lo hubieran expresado en las urnas con el rechazo.

Recordó que el Si obtuvo el 65,88% de los votos y el No se llevó un poco más del 34 %.

“Ante los cambios sociales, una constitución se puede actualizar”, postuló Gerez quien descartó que el procedimiento que buscó el Concejo Deliberante para modificar la carta orgánica fuera incorrecto.

La fiscalía general insistió en que no se apreciaba vulnerado el ordenamiento constitucional, como lo plantearon los ex convencionales Rodolfo Laffite, Alvarito Quintana y Néstor Berdichevsky, entre otros que se presentaron en julio pasado en la justicia.

Los demandantes indicaron que los cambios propuestos correspondían a una reforma de la carta orgánica (“no a una simple enmienda por si o por no”) y que debía llamarse a una elección de convencionales constituyentes, de lo contrario los concejales se estaban arrogando el poder constituyente de cambiar la carta orgánica.

Cuestionaron también los artículos transitorios mediante los cuales se estableció el mandato excepcional de 2 años a los concejales electos para que se pudiera cumplir con la eliminación de la elección bianual de renovación del Deliberante.

“No se aprecia vulnerado el ordenamiento constitucional” con los cambios propuestos, planteó el fiscal.

Agregó que la renovación parcial cada dos años o la renovación completa de las autoridades en conjunto con el Ejecutivo no pueden considerarse “inherentes o esenciales a la forma republicana, representativa y democrática”.

Agregó que la enmienda no afectó “ni el espíritu” de la carta orgánica ni vulneró la constitución de la provincia.

Recordó que el espíritu de la norma constitucional era la de facilitar la participación popular en la acción de gobierno republicano y democrático, y que ni la revocación de la elección bianual, ni la modificación de los mandatos del tribunal de Faltas o del defensor del pueblo atentaban contra ese espíritu.

Sobre la necesidad del mecanismo de reforma para llevar a cabo los cambios propuestos, insistió en que “es el Concejo el que tiene la potestad de llamar a la reforma o a la enmienda” mientras el poder constituyente “reside en el pueblo de Neuquén, no cambia si se trata de reforma o de enmienda, es el que aprueba o no la modificación”.


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