Nuevas demandas, otros derechos

Martín Lozada*


¿El creciente activismo en el espacio público y en los ámbitos académicos, está forjando una nueva generación de derechos construidos alrededor de la naturaleza y los animales no humanos?


Al historiador Yuval Harari le gusta contar que durante el siglo 18 se cristalizó una verdadera revolución humanista. Y que ella estuvo precedida por el Renacimiento, la revolución científica y, finalmente, por el movimiento filosófico de la Ilustración.

Para entonces, al tiempo en que se declaraba la muerte de Dios, el hombre ocupaba su lugar con la razón y el conocimiento como distintivos fundamentales.

Quedaban atrás siglos de oscurantismo marcados por la religión como principal relato para la interpretación del mundo y sus misterios.

En ese contexto se produjo la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, y el desarrollo de las doctrinas liberales, socialistas, comunistas y anarquistas.

E incluso, el despegue de la cultura de los derechos humanos.

Desde entonces, el “derecho a tener derechos” ha venido suponiendo un considerable esfuerzo político destinado a transformar las creencias, costumbres y leyes que los negaban.

Más recientemente, desde hace algunas décadas atrás, advertirmos el intensivo deterioro que experimenta nuestro planeta. Tan es así que el actual ritmo de degradación de sus condiciones de habitabilidad podría llevar a la extinción de la vida humana en la tierra.

Ellos son utilizados cotidianamente, de forma sistemática e institucionalizada, como recursos a nuestra disposición para múltiples fines

En este contexto, un creciente activismo en la escena pública, aunque también en el ámbito de producción académica, plantea la necesidad de extender la protección jurídica a bienes y entidades no humanas. Ya sea a ciertos sectores de la naturaleza como a los animales no humanos.

Actividades como la ganadería industrial y la investigación transgénica interpelan acerca de nuestros límites morales en la relación con los animales no humanos.

Ellos son utilizados cotidianamente, de forma sistemática e institucionalizada, como recursos a nuestra disposición para múltiples fines: desde el entretenimiento y el uso en laboratorios a la producción de ropa y, especialmente, de insumos destinados al rubro alimenticio.

Según datos del año 2010 provenientes de la FAO, entre 55.000 y 60.000 millones de mamíferos y aves eran matados anualmente para su consumo en todo el mundo.

Los interrogantes, sin embargo, no se hacen esperar.

¿Ese creciente activismo en el espacio público y en los ámbitos académicos, está forjando una nueva generación de derechos construidos alrededor de la naturaleza y los animales no humanos? ¿Supone, acaso, una ruptura con un antropocentrismo que ha llevado a considerar al hombre como medida de todas las cosas?

Acaso la incorporación de ciertos bienes naturales y de los animales no humanos al entramado constitucional, en carácter de sujetos de derechos, abra un nuevo capítulo en la historia jurídica.

Un capítulo acerca del cual todavía poco sabemos, por cuanto nos encontramos aún inmersos en una tradición jurídica que suele rechazar el reconocimiento de derechos a los entes no humanos.


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