Nuevas excepciones en Roca: ¿quiénes y cómo podrán trabajar?

El municipio adhirió a la resolución provincial y habilitó a las despensas a abrir sus puertas los días domingo, hasta las 13. También podrán trabajar, con restricciones, los obreros de la construcción.

Redacción

Por Redacción

Según se informó anoche, el municipio de Roca adhirió a la resolución N°5107/2020 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro que determina actividades y servicios esenciales y personas exceptuadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

En esa resolución se dispuso a partir de las 0 horas del 1 de septiembre (hoy martes) y hasta el próximo 14 de septiembre inclusive, el siguiente esquema de excepciones:

a) Supermercados totales, supermercados y autoservicios: el horario de atención al público será de 8 a 20, con cierre del comercio los días domingos.

b) Almacenes, despensas, kioscos, verdulerías y otros: el horario de atención al público será de 8 a 20 de lunes a sábados, y de 8 a 13 el día domingo.

c) Comercios de productos no esenciales y actividades de servicios no esenciales (gimnasios, centro de belleza y estética, peluquerías, barberías, actividad que requiera atención administrativa, profesiones liberales, etc.): Podrán brindar atención al público de lunes a sábado hasta un máximo de ocho horas diarias, en la franja comprendida entre las 9 y las
20 . Cada comerciante deberá tener visible el horario elegido en la puerta de ingreso de cada comercio y permanecerán cerrado los días domingos.

d) Restorantes, bares, cafés, y establecimientos similares: podrán funcionar de lunes a sábado en horario de 9 a 20 con atención al público conforme los protocolos vigentes, y únicamente mediante la modalidad de retiro de productos elaborados y delivery entre las 20 y las 23 Se permitirá la atención al público en el horario de 20 a 23 los días jueves, viernes y sábado y deben permanecer cerrado los días domingos.

e) Actividad deportiva al aire libre: estará permitida la realización de actividades al aire libre de forma individual en el horario de 9 a 20, de lunes a sábado, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

f) Obra privada: con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Dicha actividad estará sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que determina el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.

g) Trabajadores afectados al régimen de personas en casas de particulares de servicio doméstico (pueden trabajar)

h) Actividades religiosas, individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas. Permanecerán cerrado los días domingos.

Las personas afectadas a las actividades y servicios exceptuados deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios.
Por otra parte, queda prohibida la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos y la práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes.


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