OPINIÓN PUBLICADA

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Félix Lonigro, profesor de derecho constitucional, opina en Clarín que “el pedido de la oposición respecto de Boudou sólo puede plantearse como presión política, pero carece de herramientas constitucionales para lograr el alejamiento transitorio o definitivo del procesado vicepresidente”. Argumenta: “La ley fundamental permite a cada Cámara tomar ese tipo de medidas (apercibimientos, suspensiones y hasta exclusiones) sobre sus miembros, con el voto de las dos terceras partes de ellos. Sin embargo el vicepresidente no es legislador, y al no serlo no tiene fueros de origen constitucional (los que tiene fueron concedidos por una ley, y por ello son inconstitucionales); por ende no puede ser desaforado, y no es pasible de recibir sanciones disciplinarias por parte de sus integrantes. Nadie puede tomar medidas disciplinarias contra un presidente o vicepresidente. Sólo pueden ser destituidos por el Congreso mediante el juicio político”.

http://www.clarin.com/opinion/hacer-Senado-vicepresidente-procesado_0_1189081153.html

Un editorial de La Nación sostiene la necesidad de reglamentar los piquetes. Recuerda que hay cerca de una docena de proyectos “con disposiciones más o menos coincidentes en cuanto a que ningún derecho es absoluto, a que queda ratificado el derecho a la protesta social pacífica -es decir, cuando no haya comisión de delitos como daños a personas y a bienes materiales-, a que debe garantizarse el derecho de circulación de personas y vehículos y no poner en juego la prestación de servicios, y a que deberá privilegiarse la negociación con los manifestantes antes que la represión”. No obstante, insiste en que estos bloqueos requieren “un límite, pues el derecho de peticionar a las autoridades en la vía pública no puede dañar otros derechos consagrados constitucionalmente”. Y resalta: “Es necesario reglamentarlos para que todos puedan coexistir sin provocar daños. Seguir haciendo caso omiso de esta necesidad profundizará las diferencias, agravará los enfrentamientos e impedirá poder cumplir cabalmente con el mandato constitucional de que los argentinos podamos convivir en orden y pacíficamente”.

http://www.lanacion.com.ar/1716843-necesarios-limites-a-los-cortes-de-calles-y-rutas


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