El hackeo no es espionaje
Media una distancia sideral entre el espionaje ilegal realizado desde el Estado y las acciones privadas dirigidas a dar a conocer las maniobras que se llevan a cabo desde los sótanos del Estado.
En relación con el hackeo de los chats intercambiados entre jueces y visitantes de la estancia de Joe Lewis en Lago Escondido, existe una confusión interesada que merece ser aclarada. Cuando nos referimos al espionaje ilegal generalmente empleamos la expresión para referirnos a las operaciones de interceptación de comunicaciones que se realizan por organismos estatales o paraestatales. Espionaje ilegal es lo que aconteció durante el gobierno de Mauricio Macri, cuando la AFI cableó las cárceles para escuchar las conversaciones entre abogados y detenidos o hizo el seguimiento de periodistas como aconteció con Hugo Alconada Mon.
Otro tratamiento debe darse a la develación de documentos o chats que tiene lugar por la acción de organizaciones privadas como WikiLeaks que es una organización sin fines de lucro que publica informes anónimos y documentos filtrados con contenido sensible que permite dar a conocer al gran público las maniobras que se hacen en la trastienda de los poderosos.
Es decir que media una distancia sideral entre el espionaje ilegal realizado desde el Estado y las acciones privadas dirigidas a dar a conocer las maniobras que se llevan a cabo desde los sótanos del Estado, lo que el jurista italiano Norberto Bobbio denomino el sottogoverno o las destinadas a ocultar el patrimonio de los multimillonarios.
Los medios de comunicación han aceptado recibir y publicar ese material obtenido de modo ilegal, dada la relevancia que tienen para conocer -y de algún modo contribuir a desterrar las prácticas que destruyen la democracia. De este modo, gracias a estas filtraciones, hemos podido conocer por WikiLeaks en el año 2010 los documentos del Departamento de Estado de los EE.UU. que mostraban, por ejemplo, el uso consentido de la tortura en las cárceles de prisioneros en Irak o Afganistán.
A través de los Panamá Papers en 2016 hemos conocido las formas utilizadas por las grandes fortunas para constituir sociedades en paraísos fiscales y ponerlos a salvo de la fiscalidad en sus países de origen. El diario La Nación, no ha tenido ningún reparo en publicar los Pandora Papers, una investigación del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación en base a 12 millones de documentos obtenidos por la captura ilegal de información alojada en las nubes y que ha permitido conocer a los empresarios argentinos que usan los paraísos fiscales para ocultar propiedades o abrir cuentas bancarias.
El artículo 155 del Código Penal sanciona con multa al que hallándose en posesión de una comunicación electrónica la hiciera pública indebidamente, pero aclara que “está exento de responsabilidad penal el que hubiera obrado con el propósito inequívoco de proteger un interés público”.
Es indudable la trascendencia pública que tiene el hecho de que jueces federales, fiscales e integrantes de una Cámara de Casación Penal estén urdiendo delitos para protegerse y encubrir un delito previo de dádivas en el que habrían incurrido.
La intención de fraguar facturas falsas, de “limpiar a un mapuche” o de anunciar el propósito de encarcelar a un funcionario al que le atribuyen la responsabilidad por filtrar la hoja de ruta del avión, son reveladores de la falta de escrúpulos éticos de estos personajes.
La comunicación a todos los ciudadanos por parte del presidente de la Nación del inicio de acciones dirigidas a que estos hechos sean objeto de investigación y castigo es un gesto republicano que debemos agradecer. La corrupción institucional también es corrupción y debe ser mostrada a la luz del día si queremos de verdad erradicarla.
* Abogado y periodista
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