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Fotomultas en Neuquén y su legitimidad en cuestión

Más allá de las consideraciones legales y técnicas, la implementación de un sistema de tránsito inteligente es un paso significativo hacia una gestión más eficiente y segura del tráfico urbano.

El programa integral de tránsito inteligente presentado por el municipio de Neuquén la semana pasada es un paso significativo hacia la modernización y mejora de la seguridad vial en la ciudad. Con más de 250 dispositivos disuasivos distribuidos estratégicamente, se busca no solo controlar las infracciones de tránsito, sino también promover una cultura vial más responsable entre los ciudadanos.

Inicialmente, estos dispositivos se denominaron “disuasivos”, pero con el correr de los días se han redefinido como parte de un sistema más amplio de “tránsito inteligente”. Esta redefinición, liderada por figuras como el intendente, Mariano Gaido y el Subsecretario de Protección Ciudadana Francisco Baggio, pone un énfasis especial en las “fotomultas”, que originalmente se implementaron para controlar las infracciones de tránsito, pero luego se extendieron para abordar también el exceso de velocidad.

Es esencial comprender la diferencia entre el cinemómetro y las cámaras de videovigilancia en este contexto. Mientras que el cinemómetro es el único dispositivo autorizado para realizar fotomultas por exceso de velocidad, las cámaras de videovigilancia, aunque puedan detectar infracciones como el cruce de semáforos en rojo o el uso del celular, están limitadas a penalizar contravenciones al código de tránsito, siempre que se cumplan ciertas condiciones periciales, como la captura precisa de la patente.

La legalidad y legitimidad de las fotomultas están reguladas por la Ley Nacional de Tránsito 24449 y su Decreto Reglamentario 0779/95, a los cuales la Provincia de Neuquén se ha adherido mediante la Ley 2178.

Estas normativas establecen claramente que las fotomultas por exceso de velocidad deben ser realizadas exclusivamente con radares homologados y calibrados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).

Sin embargo, hasta la fecha, ninguna videocámara ha logrado superar el proceso de homologación y calibración exigido por la resolución 753/98 de la Secretaría de Industria y Comercio, que establece los criterios técnicos y metrológicos para los cinemómetros. Este proceso detallado garantiza la precisión y fiabilidad de los equipos utilizados para medir la velocidad y detectar excesos en las vías.

Es importante mencionar que el registro de los equipos homologados se lleva a cabo en el sitio web del INTI, donde se pueden encontrar detalles sobre su número de serie y ubicación.

En el caso de la Provincia de Neuquén, se registran 13 equipos móviles y un equipo fijo, ubicado en la Ruta 7, km 1.8, Centenario.

Más allá de las consideraciones legales y técnicas, la implementación de un sistema de tránsito inteligente es un paso significativo hacia una gestión más eficiente y segura del tráfico urbano. Este sistema, basado en la inteligencia artificial y la tecnología avanzada, permite una supervisión y control minuto a minuto de diversos aspectos del tránsito, como la circulación de vehículos, el funcionamiento de los semáforos, estado de las calles, control de rampas y la respuesta rápida a situaciones de emergencia en el éjido urbano.

Por otro lado, es importante considerar que, detrás de la aparente preocupación por la seguridad vial, el municipio de Neuquén podría tener un objetivo encubierto de recaudación de fondos a través de las fotomultas.

Si bien el programa busca mejorar la seguridad, hay dudas sobre si la implementación masiva se debe a motivos financieros más que a la seguridad ciudadana.

En resumen, la iniciativa del municipio de Neuquén de implementar un programa integral de tránsito inteligente es un paso en la dirección correcta para mejorar la seguridad vial y la calidad de vida de los ciudadanos.

Sin embargo, es fundamental garantizar que las medidas adoptadas cumplan con los requisitos legales y técnicos establecidos, para evitar controversias y asegurar la efectividad del sistema en el largo plazo.

* Lic. y consultor en Seguridad
Perito Judicial Mat. Nº 1 – Investigación de Operaciones.


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