Niñez: a 20 años de la reforma de la Constitución Neuquina

Existe en la Legislatura un proyecto para cambiar la legislación por un sistema similar al nacional, quitando a la Defensoría la función de proteger los derechos de los niños a través de las acciones judiciales. No corresponde esa reforma.

En febrero de 2006 se reformó la Constitución de Neuquén. Uno de los nuevos artículos, el 47, está dedicado a la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Existieron dos despachos en la discusión y propuesta del texto. Por la mayoría habló la Convencional Novoa del MPN, por la minoría el Convencional Prieto de la UCR, y la Convencional Sánchez de Libres del Sur. Los dos despachos reconocen a la ley provincial 2302, de Protección Integral de Derechos del Niño y el Adolescente, como el instrumento que garantiza el reconocimiento de los niños como sujeto y que plasma las obligaciones del Estado.

En el artículo 47 mencionado, se prevé que un organismo especializado del Ministerio Público promueve las acciones para la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. El organismo especializado, de acuerdo a la ley 2302, es la Defensoría de los Derechos del Niño, que pertenece al Ministerio Público de la Defensa. En este momento, cada circunscripción judicial cuenta con este organismo.

La Defensoria tiene prevista sus funciones en el artículo 49 de la ley 2302. La función de promover acciones que establece la Constitución importa un trabajo previo dentro de cada comunidad. Una tarea que se desarrolla junto al Poder Ejecutivo Provincial y Municipal; la actual Subsecretaría de Niñez y Adolescencia es la autoridad de aplicación de la ley.

El sistema de Salud, en sus áreas pediátricas, es también protagonista de la aplicación de la ley. En especial los servicios que atienden las situaciones de maltrato, negligencia, abuso sexual infantil y en estos últimos años, aquellas que atienden a adolescentes con consumos problemáticos. El sistema de Educación significa un pilar dentro del sistema de protección de derechos que prevé la ley y que ha ido consolidando la práctica institucional durante veintiséis años. Una red de organismos que interactúa con organizaciones sociales, como iglesias, merenderos, clubes de barrio, programas comunitarios, y pienso en el Centro Joven Amanecer, de Junin de los Andes, por mencionar uno de los tantos que conozco y valoro.

Hemos construido un sistema propio, una manera de accionar frente a las situaciones de vulneración de derechos de los chicos. En esa forma, el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva son derechos garantizados, porque la Defensoría tiene la responsabilidad de accionar judicialmente, de ser necesario, para que se proteja la vida y la salud de los niños.

De ser necesario, insisto, la Defensoría, habiendo recibido una situación considerada de gravedad, pide al Juzgado de Familia, que separe a un niño, a una niña o a un adolescente, de su núcleo familiar. Esa acción se denomina “medida excepcional de protección de derechos”. El Juzgado de Familia, es la autoridad que decide si corresponde esa medida, garantizando el debido proceso legal.

Este sistema de protección de derechos es distinto al que estructura la ley nacional 26.061, de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. No existe en esa ley una Defensoría de los derechos del Niño, dentro del Poder Judicial.

Las situaciones de vulneración de derechos son abordadas, asistidas, por las áreas de niñez provincial o municipal, y de ser necesario, toman la decisión de separar a un niño de su familia, resuelven la medida excepcional de derechos, y la comunican al Juzgado de Familia en un plazo de 24 horas, éste realizará el control de legalidad de esa medida.

En este momento, como ocurrió durante el año 2025 y el año 2015, existe en la Legislatura Provincial un proyecto para cambiar nuestra legislación. Se propone un sistema similar al nacional, quitando a la Defensoría la función de proteger los derechos de los niños a través de las acciones judiciales.

Los niños que viven en Neuquén tienen derechos en la Constitución, no corresponde esa reforma.

*Exdefensora de los Derechos del Niño.


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