Ordenan reincorporar a la municipal que denunció violencia de género en Piedra del Águila

La trabajadora fue despedida por el intendente del MPN tras manifestar que un jefe la maltrató. La jueza de Familia dijo que echarla es "un hecho de revictimización que consolida un status quo machista y patriarcal".

Una trabajadora del municipio de Piedra del Águila fue echada por el intendente Julio Hernández (MPN) tras denunciar que un jefe había ejercido violencia de género contra ella el 8 de marzo, día internacional de las mujeres. La jueza de Familia, Andrea Di Prinzio, ordenó hoy que sea restituida en el cargo, dentro de las 48 horas de notificada la resolución. Afirmó que la decisión de despedirla es «un hecho de revictimización que consolida un status quo machista y patriarcal».

La empleada tenía un cargo de planta política. Según consta en su presentación judicial planteó que sufrió violencia, maltrato verbal y psicológico de parte de un superior de manera recurrente.

En una actividad realizada el 8 de marzo pasado en la localidad, que está a dos horas y media de la capital, volvió a tener un episodio de hostigamiento. Al día siguiente radicó la denuncia en la comisaría octava, en el contexto de la ley 2786. Producto de esto solicitó una licencia por una semana y al reincorporarse mantuvo una reunión con el intendente. Ella declaró que Hernández le manifestó que al hacer público el caso «estaba boicoteando la gestión» y por esa razón la despidió.

El denunciado conservó su puesto de planta permanente.

La magistrada sostuvo que «el motivo por el cual (la trabajadora) ha sido removida de su cargo se encuentra estrechamente relacionado con la denuncia que realizara oportunamente visibilizando la situación de violencia que se encontraba padeciendo».

Agregó que «de ninguna manera puede suceder que una mujer, apelando a los canales institucionales que el Estado ha puesto a su disposición para brindarle protección inmediata y resguardar en forma íntegra sus derechos y persona, resulte, luego perjudicada por hacerlo o sea nuevamente violentada por el aparato estatal, no sólo representando ello un nuevo hecho de violencia institucional sino también un hecho de revictimización que consolida un status quo machista y patriarcal».

Remarcó que esto no sólo tiene consecuencias para la denunciante «sino también para el resto de sus compañeras e integrantes del municipio» en cuanto «al cumplimiento efectivo de las leyes que las protegen y el efectivo resguardo de sus derechos.»

Aseguró que la empleada fue «privada de los ingresos económicos que sirven de sostén suyo y de su grupo familiar, así como señalada como la responsable de un supuesto “boicot” al municipio, siendo completamente desvalorizado y no tomado en consideración su relato de violencia, y puesta en una situación de mayor vulnerabilidad y re victimización.»

Di Prinzio señaló que se ejerció violencia institucional «“premiando” o favoreciendo al supuesto agresor, quien mantiene su puesto laboral e ingresos y no habría sufrido consecuencia alguna administrativa por los hechos ejercidos, y tomando en consideración fundamentalmente lo establecido por el ordenamiento legal nacional e internacional aplicable a la materia».

La jueza aclaró que la restitución al cargo implica que se garantice que la trabajadora pueda «desempeñarse en las mismas condiciones y términos, y realizando las mismas tareas y funciones, en los mismos horarios, que realizaba antes de que se produjera su despido» en un ambiente libre de violencia.

Por tres meses el denunciado tiene prohibido generar cualquier acto de intimidación (incluye también redes sociales) contra ella y acercarse a menos de 100 metros tanto en su domicilio, como en el lugar de trabajo o la vía pública.

A su vez dispuso que él inicie un espacio terapéutico del cual deberá acreditar concurrencia.


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