Cutral Co no permitirá a limpiavidrios y artistas callejeros en las calles
La iniciativa fue promovida desde el Ejecutivo y resultó aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante. La anterior norma era de 2021 y fue derogada.
En Cutral Co no se permitirán a los limpiavidrios o las expresiones artísticas en los semáforos, paradas del transporte público o cruces peatonales. Se multará a aquellas personas que lleven a cabo esta actividad, con infracciones que pueden llegar en los casos de reincidencia hasta los 500 mil pesos. La nueva norma entrará en vigencia los próximos días cuando esté promulgada.
La aprobación de la ordenanza se concretó en la última sesión del Deliberante y fue de manera unánime. Aunque en 2021 ya había una norma que regulaba esta actividad e indicaba a las personas que querían hacer este tipo de actividades que debían inscribirse en un registro. Sin embargo, se resolvió derogarla y está en vigencia la votada el jueves por la noche.
Fue el intendente Ramón Rioseco el encargado de enviar el proyecto que una vez analizado en la comisión de Gobierno, Planificación y Desarrollo, del Concejo Deliberante pasó a la sesión donde se respaldó. Se trata de la regulación del espacio público para actividades artísticas, callejeras y limpiavidrios.
Los fundamentos que se detallaron para la sanción están centrados en la necesidad de evitar situaciones de riesgo tanto para las y los conductores como para los peatones. «Se ha verificado la presencia de personas que realizan estas activididades de manera coercitiva y o violenta, generando situaciones de hostigamiento, acoso y temor», de las personas.
Además, apuntan a fortalecer la seguridad vial y evitar la distracción en quienes conducen. Para el caso de peatones, se busca garantizar la libre circulación y preservar el uso adecuado del espacio público. Por otra parte, sostuvieron que existen antecedentes en otras ciudades de la región que aplicaron normas similares y que tienen objetivos de prevenir riesgos y ordenar la convivencia urbana.
En el articulado de la ordenanza quedó establecido que se prohíbe en todo el ámbito del urbano de Cutral Co, la «prestación de servicios de limpieza de parabrisas, limpiavidrios y toda actividad lucrativa que implique la aproximación, contacto o interacción directa con vehículos en circulación».
Se estipuló que no se podrán desarrollar cuando se cumplan sobre calzadas, intersecciones viales, semáforos, pasos peatonales, rampas de accesibilidad, paradas de transporte público y demás espacios destinados a la circulación vehicular o peatonal.
Se describió que las actividades artísticas callejeras, son las que incluyen malabarismo, mimos, actos circenses y similares en calzadas, intersecciones, semáforos o cualquier espacio que interfiera con la circulación vehicular o peatonal.
En cambio, el Ejecutivo podrá habilitar la realización de actividades artísticas callejeras en espacios públicos, siempre que «no implique riesgo para la seguridad vial, no interfieran con la circulación, se desarrollen en zonas habilitadas y cumplan con las condiciones que establezca la reglamentación».
En el artículo 3° se prohibió «toda conducta vinculada a las actividades reguladas en la presente ordenanza que implique a insistencia indebida, intimidación, coacción o cualquier forma de presión hacia conductores o peatones». O la interferencia en la circulación vehicular o peatonal.
En cuanto a las sanciones apuntan no solo a la persona que lo realice, sino a quienes promuevan las actividades. Las infracciones serán con el sistema de puntos que ya aplica el municipio. Se labrarán las sanciones que van desde el apercibimiento, la multa de entre 50 y 100 puntos, según la gravedad de la infracción, el secuestro de los elementos utilizados para la comisión de la infracción. En caso de reincidencia, la sanción podrá incrementarse hasta el doble del máximo previsto.
El monto que se deberá pagar está previsto para este primer semestre, según la Unidad Tributaria que se estableció en $ 2.800 y cada punto está integrado por dos UT. En consecuencia, la sanción puede comenzar en los $280 mil y llegar a los $ 560 mil, según se apliquen 50 a 100 puntos. Esos montos cambiarán en la segunda mitad de este año.
En Cutral Co no se permitirán a los limpiavidrios o las expresiones artísticas en los semáforos, paradas del transporte público o cruces peatonales. Se multará a aquellas personas que lleven a cabo esta actividad, con infracciones que pueden llegar en los casos de reincidencia hasta los 500 mil pesos. La nueva norma entrará en vigencia los próximos días cuando esté promulgada.
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