El avión de Río Negro que compró Carreras, sigue guardado y será vendido

Desde diciembre está inactiva. Una reciente inspección requirió de trabajos en los motores por medio millón de dólares. Esa exigencia terminó de convencer a Weretilneck.

El avión adquirido por Río Negro en el 2022 parece tener su destino definido: el gobernador Alberto Weretilneck pidió a sus funcionarios comenzar con el análisis y el proceso de su venta.

Desde el inicio de diciembre, la aeronave Cessna Citation V (modelo 1994) está parada en el hangar del aeropuerto de Viedma. Llegó en agosto del 2022, es decir, fue utilizado 16 meses.

Recientemente, Weretilneck instruyó empezar con los preparativos de su transacción y, por eso, ordenó al secretario General, Nelson Cides, avanzar con el estudio de valores del mercado y, en forma simultánea, el estudio jurídico del proceso.

Las normas establecen cesiones de bienes del Estado provincial por remate, con un precio base, aunque también prevé excepciones.

Según trascendió, Weretilneck se decidió por la venta después de su evaluación del impacto político de la regresión de la compra provincial, realizada por la anterior administración de JSRN, a cargo de la exgobernadora Arabela Carreras, que incluso tiene expedientes administrativos y judiciales abiertos por denuncias del precio, que superó los 4,2 millones de dólares (con el equipamiento sanitario).

En noviembre, el hoy gobernador ratificó su utilización, con el propósito “exclusivo a fines sanitarios” y administrado por el Siarme y el Ipross. Previamente, el mandatario había optado por la distancia de la determinación de Carreras, incluso con algunos cruces públicos.

Desde el de 2 de diciembre, la aeronave no vuela y los traslados médicos se concentran en servicios aéreos privados.

Con la nueva gestión, su manejo pasó a la cartera de Cides. Su primer objetivo fue un relevamiento que concluyó con observaciones y requerimientos para los dos motores, con costos por encima del medio millón de dólares. Además, el gobierno incorpora el pago pendiente de 121 mil dólares del contrato de la compra, por lo cual, los desembolsos rondarían los 600 mil dólares.

Esta exigencia habría terminado de convencer a Weretilneck del desprendimiento de la aeronave.
Se abre otro destino para el jet adquirido por Río Negro cuando quedan aún hilos sueltos por la erogación realizada.

El Ejecutivo requirió un plazo mayor a la Legislatura para responder un pedido de informe del legislador del PRO, Juan Martín. Pide, entre otros puntos, precisar “erogaciones realizadas” desde que el avión llegó y, también, la cantidad de personal afectado.

El 9 de agosto del 2022, el Cessna arribó a Viedma. A esa altura, una comisión del Tribunal de Cuentas ya realizaba una auditoría, que meses después concluiría con que “no actúo personal idóneo” y, entre otros reproches, cuestionó que no figuran “los criterios aplicados ni documentación que respalde la determinación del costo técnico estimado”.

El Tribunal de Cuentas remitió en junio del 2023 ese trabajo técnico para evaluación del fiscal de Investigaciones Administrativas, Fabián Gatti, que debería determinar si corresponde o no su denuncia penal. Ese organismo todavía no resolvió.

Simultáneamente, en lo administrativo, el Tribunal multó a los entonces funcionarios actuantes: el secretario General, José Apud; el director de Aeronáutica, José María Scheverín y el titular del área de Administración, Gonzalo Regueira.

Los auditores y, también, el Tribunal en su fallo administrativo se focalizaron en la precariedad de la determinación y la fundamentación del valor. Se remarca que “no se cumplió” con el “informe técnico inicial” exigido por las normas “para estimar oficialmente el costo de la contratación”. Así, desautoriza lo realizado porque, entre otros cuestionamientos, indica que no participó “ personal idóneo” para analizar “la conveniencia de la propuesta”, como también, “dictaminar y ponderar la razonabilidad” de la oferta, que fue aceptada.

En resumen, los auditores entendieron que la “envergadura” de la compra y “montos involucrados” hacían “imprescindibles” que la estimación se cumpliera con “personas idóneas”.

En otra parte, se destaca que se fijó “un tope de 4.500.000 dólares” aunque Textron Aviatión -empresa fabricante consultada- consignó “un valor mínimo de 1.500.000 dólares”, “sin mención alguna del máximo impuesto como costo estimado oficial”.

Un detalle expuesto por el Tribunal fue el modelo del avión adquirido, que es de 1994, al resaltar que en el trámite no se diferencia “un avión de 1990 de uno 30 años más moderno”, es decir, “equivaldría a decir que ambos podrías tener el mismo valor de 4.500.000 dólares”.


El Reglamento de Contrataciones establece el mecanismo


El mecanismo de ventas de bienes del Estado está previsto en el Reglamento de Contratación, con reformas con decreto 123/19.

El encuadramiento figura en seis artículos, entre la 26 y el 31.

Indica que debe existir un “valor base” para las ventas que “deberá ser estimado con intervención de oficinas técnicas competentes y no se podrá adjudicar venta alguna que no alcance por lo menos a dos tercios del valor básico establecido”.

El procedimiento “será el remate público el que deberá realizarse por martilleros matriculados”, que se determinarán por sorteo.

Se establece excepciones al remate y corresponde al “titular de la jurisdicción o entidad resolverá si para casos de naturaleza o característica especial o particular”, con su fundamentación, “conviene más la realización de la venta por el procedimiento de Licitación Pública o Privada”.

Por su parte, el siguiente artículo indica que podrá autorizarse el “remate sin base” cuando los bienes cuyo “valor sea imposible de estimar previamente, o los que, por los usos y costumbres, deban ser vendidos en esa forma para obtener mayores ofertas”. Se aclara que, “en todos los casos si no se lograre oferta” conveniente, a juicio de las dependencias técnica, “no se adjudicará”.

Finalmente, el mecanismo confirma que el resultado del remate “estará sujeto a la aprobación del titular de la jurisdicción”.

“Las comisiones a percibir por el rematador, serán las que fije el respectivo arancel, pero no habrá comisión cuando el remate se efectúe por dependencias del Sector Público Provincial”.


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