Proponen en Río Negro un régimen para la restitución internacional de menores

Desde el bloque de Juntos Somos Río Negro se impulsa la iniciativa para abordar los casos en que un progenitor se lleve ilegalmente a un hijo afuera del país.

Los legisladores oficialista Lucas Pica y Facundo López presentaron un proyecto para regular el trámite en la Justicia provincial las solicitudes de restitución internacional, régimen de visitas, o contacto internacional de niños, niñas y adolescentes en Río Negro.

La propuesta legislativa tiene como objetivo crear un sistema rápido y sencillo que asegure la pronta restitución de menores que indebidamente se encuentren fuera de su lugar de residencia habitual, y en el territorio de otro Estado, sin que implique una decisión final sobre el fondo, como resultan ser los derechos sobre la custodia de los niños, niñas y adolescentes.

La iniciativa se enmarca en el “Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores”, y en la “Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores” aprobada por la Ley N° 25.358, asimismo en la ley Nº 27.237 que aprueba el Convenio de la Haya del 19 de octubre del año 1996 relativo a la Competencia, la Ley Aplicable, el Reconocimiento, la Ejecución y la Cooperación en materia de Responsabilidad Parental y de Medidas de Protección de los Niños.

El legislador Pica remarcó que “muchas veces en la disputa entre adultos se perjudica a los niños, niñas o adolescentes, que en algunos casos son utilizados como botín de guerra. Es el caso cuando uno de los padres se lleva afuera del país al menor y lo retiene ilegítimamente. El proyecto establece un procedimiento rápido, con reducción de plazos, prueba acotada y hasta una única instancia de apelación directa ante el Superior Tribunal de Justicia para que todo fluya de manera expedita”.

En lo concerniente al contenido de este proyecto, el mismo instrumenta un cuerpo normativo operativo, de naturaleza procesal específica, regulando lineamientos generales y principios rectores que deben imperar en un procedimiento de esta naturaleza.

Se considera necesario y urgente el proyecto en pos de garantizar y defender los derechos de niños, niñas y adolescente, indicaron Pica y López.

Los autores de la iniciativa manifestaron: “Lo que pretendemos es dotar a la justicia de una herramienta eficaz para casos en que la restitución internacional de menores sea una necesidad para su resguardo, cuando alguno de los padres actúe ilícitamente y los retenga sin sustento alguno causándole graves perjuicios”.

Según se lee en la descripción del proyecto, actualmente se encuentra pendiente de tramite un proyecto de la misma naturaleza, por ante la Cámara de Diputados de la Nación, individualizado como 3920-D-2024, «del cual hemos considerado su estructura y principales instituciones jurídicas rectoras», señalaron los autores.

«Dentro de los ámbitos provinciales, se encuentran vigentes: en nuestra provincia de Rio Negro, el protocolo de actuación judicial para el funcionamiento de los convenios de sustracción internacional de niños, que forma parte integrante del código procesal de familia; en la provincia de Córdoba la Ley N° 10.419; en Neuquén la Ley Nº 3.134; en Mendoza el Código Procesal de Familia en su Título XI; en Entre Ríos en su Ley Procesal de Familia; en Corrientes en el Libro II, Titulo VI de su Código Procesal de Familia; y en otras como Misiones, San Luis y Tucumán», indicaron Pica y López.

A qué apunta la normativa


a) Primacía del interés superior del niño, niña o adolescente.

b) Adopción de medidas urgentes que eviten los traslados o la retención ilícita de los niños, niñas o adolescentes.

c) Competencia territorial del juez/a o tribunal del Estado de su residencia habitual de los niños, niñas o adolescentes para la decisión sobre sus cuidados.

d) El mantenimiento del contacto fluido de los niños, niñas o adolescentes con ambos progenitores.

e) El dictado de una rápida y eficaz resolución de la solicitud de restitución o de visitas internacionales, garantizando en su caso el regreso seguro del niño, niña o adolescente.

f) Aplicación del principios de cooperación jurídica internacional en los casos en que las solicitudes de localización y restitución internacional de niños, niñas o adolescentes corresponda a estados requirentes con los que no haya convenio vigente.


Los legisladores oficialista Lucas Pica y Facundo López presentaron un proyecto para regular el trámite en la Justicia provincial las solicitudes de restitución internacional, régimen de visitas, o contacto internacional de niños, niñas y adolescentes en Río Negro.

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