Sigue en pie el fallo que reconoce a una comunidad mapuche el dominio de tierras en disputa con el Ejército

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazó los recursos extraordinarios que habían presentado el Ministerio de Defensa y la fiscalía para que la Corte Suprema revisara la sentencia de la jueza de primera instancia, quien admitió el amparo de la Lof Millalonco Ranquehue de Bariloche.

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca denegó los recursos extraordinarios que habían presentado la fiscalía federal y el Ministerio de Defensa del gobierno nacional para tratar de que la Corte Suprema revise la sentencia que reconoció a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue el dominio sobre unas 180 hectáreas en disputa con el Ejército.

En consecuencia, la sentencia que la jueza federal María Silvina Domínguez, que dictó el 2 de febrero pasado sigue en pie. La magistrada, que subroga el juzgado federal de Bariloche, admitió un amparo que la comunidad mapuche había presentado a finales del año pasado contra el Estado nacional, el Ministerio de Defensa y el Congreso de la Nación, para que se les reconozca el dominio de las tierras que ocupan desde hace unos 80 años, en la zona oeste de Bariloche.

Domínguez ordenó al Ejecutivo nacional que en el término de 60 días, a partir de que quede firme la sentencia, “transfiera a título gratuito, al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, el dominio de las tierras cuya mensura fue aprobada por Resolución N° 1174 de ese organismo, a los efectos de su adjudicación -en forma inmediata-, en propiedad a la comunidad” mapuche.

El Ministerio de Defensa y la fiscalía apelaron ese fallo, pero la Cámara Federal de Roca rechazó los recursos porque fueron presentados cuando ya habían vencido los plazos procesales.

Por eso, diputados nacionales de Juntos por el Cambio denunciaron a una abogada del Ministerio de Defensa y del Ejército por haber apelado fuera de término. Aseguraron que hubo una “intencionalidad del gobierno nacional en perjuicio del patrimonio del Estado”.

La denuncia la presentaron en el juzgado federal de Buenos Aires, a cargo del juez Daniel Rafecas. El fiscal federal Carlos Stornelli también pidió investigar los hechos. Sin embargo, el juez federal desestimó y archivó la denuncia porque consideró que ni hubo delito. Pero esa resolución fue impugnada.

Ahora, Stornelli solicitó a Rafecas que dicte una medida cautelar urgente a fin de mantener el dominio del Ejército Argentino sobre las tierras.

A principios de octubre del 2020, el Ejército desmanteló un invernadero comunitario en tierras que ocupa la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue. Tras ese incidente, interpusieron el amparo para que se les reconozca el dominio sobre las tierras que ocupan hace casi 90 años. (Foto de archivo)

Los planteos formulados en los recursos


Este miércoles, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca Mariano Lozano y Richar Gallego rechazaron los recursos extraordinarios interpuestos por el Ministerio de Defensa y la fiscalía.

El Ministerio de Defensa había planteado la arbitrariedad de la resolución impugnada. Señaló que las particularidades de esta cuestión “exceden el interés individual y conllevan un claro supuesto de gravedad institucional, al comprometer instituciones básicas de la Nación”. Observó que lo resuelto “menoscaba e impide el ejercicio del derecho de propiedad de la Fuerza sobre un establecimiento de utilidad Nacional…”

Mientras que la fiscalía señaló en el recurso que se había afectado la división de poderes en la medida en que “la jueza de grado al ordenar la transferencia de dominio de las tierras mensuradas reclamadas, se arrogó el rol que le corresponde al Poder Legislativo Nacional”.

Expresó que el proceso “debió integrarse con la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de Bariloche de acuerdo a lo establecido por la ley 26.160, como también con la Administración Nacional de Parques Nacionales dada la ubicación del territorio reclamado”.

La fiscalía sostuvo que los vicios denunciados, “comportan gravedad institucional, habida cuenta que estamos en presencia de un caso judicial que sobrepasa el interés particular y afecta de modo directo a la comunidad, ello atendiendo a la envergadura de la materia bajo análisis, la repercusión pública y organismos involucrados con impacto directo sobre el patrimonio estatal”.


Fundamentos del rechazo


Lozano y Gallego resolvieron que el recurso del Ministerio de Defensa debía ser denegado porque el planteo no suscitaba cuestión federal. “Si bien el recurrente aludió a que se encuentra en debate normativa de orden federal, se observa que el planteo se vincula a cuestiones de fondo resueltas en la sentencia dictada en primera instancia, respecto de lo cual no hubo una decisión sustantiva de este tribunal”, indicaron.

“Tampoco se verifica en este caso la causal de arbitrariedad postulada por la accionante…”, concluyeron los jueces de la Cámara de Roca. Sostuvieron que los recursos no podían prosperar porque el tribunal “ha expuesto motivaciones suficientes para sustentar la sentencia lo que, al margen de su acierto o error, impide descalificarla como acto judicial”.

Se pronunciaron por rechazar además el recurso presentado por la fiscalía. “Corresponde rechazar la queja de la accionada asentada en la existencia de gravedad institucional, en la medida en que esa tacha no puede prosperar si no fue objeto de un serio y concreto razonamiento que demuestre de manera indudable qué perjuicios, por su magnitud o entidad, trascienden el interés de la parte y afectan de modo directo a la comunidad recaudo que no se observa cumplido en el recurso en análisis”, afirmaron los jueces.

Al Ministerio de Defensa de Nación y a la fiscalía les queda como última opción presentar recursos de queja ante la Corte Suprema.


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