Queda firme procesamiento de pareja acusada de esclavizar a una nena

La causa va a juicio oral y público. Recordá el lado oscuro de la historia de la niña que estuvo nueve años encerrada con un perro y un mono en un garage.

Redacción

Por Redacción

JUDICIALES

El procesamiento contra la pareja acusada de haber “esclavizado” durante nueve años a una niña a la que tenía en guarda provisoria quedó “firme”, según confirmaron hoy a DyN fuentes judiciales.

La defensa oficial de la pareja, a cargo de Ricardo De Lorenzo, resolvió no apelar el procesamiento como parte de una “estrategia procesal”, con lo cual la decisión adoptada por la jueza de primera instancia María Gabriela Lanz quedó ratificada y acelera notoriamente los tiempos hacia la etapa de juicio oral y público.

La pareja está detenida desde el 7 de abril pasado y fue procesada en relación con los delitos de “lesiones graves” y “reducción a esclavitud”, que contemplan una escala penal que va de los tres a los 15 años de prisión.

La investigación del caso se inició en 2001, cuando la madre biológica de la víctima, madre a su vez de otros siete hijos, la entregó, con intervención de un juzgado civil, a una pareja en la ciudad de Buenos Aires bajo el régimen de “guarda provisoria”.

Al momento del rescate, los investigadores constataron que la menor de edad, de 15 años, estuvo encerrada en un garage con un perro y un mono, alimentada de levadura de cerveza, pan y agua, por lo cual se dispuso su inmediata internación.

El defensor oficial De Lorenzo sí apeló, en cambio, la denegatoria de la excarcelación de la pareja, lo que deberá ser resuelto por la Cámara del Crimen en las próximas horas.

Para De Lorenzo, “no hay prueba pendiente que pudiera correr riesgo con la libertad” de la pareja, por lo cual –invocando jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal- pidió que ambos detenidos esperen el juicio oral en libertad.

El consentimiento al procesamiento significa en los hechos que la jueza de primera instancia deberá ahora “correr vista” a las partes, es decir notificarles de la clausura del sumario para que cada una requiera, o bien la elevación a juicio oral, o bien el sobreseimiento de los imputados.

Al no haber querella, esos tiempos son aún más cortos que los habituales, por lo que el expediente podría pasar a juicio oral antes de fin de año.

DyN


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