Internet y teléfono con descuentos: ¿cómo tramitar los servicios?
Los beneficiarios podrán acceder a Internet, televisión o telefonía fija con precios diferenciales. Mirá cuáles son los requisitos.
Existen planes del Gobierno nacional para los servicios de telefonía fija, celulares, televisión por cable o Internet. De esta manera, se puede acceder a una prestación para uno o varios de esos servicios. Cómo se puede tramitarla.
Se trata de la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU), con la que solo quedaría pendiente por pagar a la empresa prestadora el costo total final aprobado por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).
PBU: ¿a quiénes está dirigida?
– Jubilados y pensionados, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
– Trabajadores en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
– Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.
– Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
– Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
– Monotributo Social, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
– Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
– Beneficiarios del seguro de desempleo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
– Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
– Usuarios que perciban una beca del Programa Progresar.
– Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
– Beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
– Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
– Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
– Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218.
¿Cómo inscribirse?
1- Completar la Declaración Jurada que puede obtenerse en la web https://formularioenacom.gob.ar/descargas/PRESTACIONES_BASICAS_UNIVERSALES.pdf
2- Enviarla a los prestadores de los servicios que se necesiten, a través de los canales de atención que habiliten.
3- Una vez otorgado el subsidio, el ENACOM establecerá cuál es el monto con descuento que deberá abonar cada beneficiario.
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