Seguirán tratando el pedido de inconstitucionalidad de la enmienda a la Carta Orgánica de Neuquén

Tras el referendum que dio el visto bueno a la enmienda planteada por ordenanza, el TSJ tratará el pedido de fondo por declarar inconstitucional la norma.

El referendum llevado a cabo en la últimas elecciones municipales, le dio el visto bueno a la implementación de la ordenanza 14.025 que propone una enmienda a la Carta Orgánica de Neuquén. Sin embargo, se había presentado un pedido de inconstitucionalidad sobre la norma. Lo primero que se solicitó fue que se suspenda el referendum, algo que no ocurrió. Ahora el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) hizo lugar a que se le de tratamiento al pedido de fondo que es que se declare inconstitucional la enmienda.

Así lo explicó, en diálogo con LU5, el presidente del TSJ, Germán Busamia. «Se hizo una petición cautelar, se denomina, una petición previa, donde se peticionó al Tribunal que suspendiera la convocatoria a referéndum popular el 24 de octubre. Esa era una parte de la petición, y luego, una parte de fondo, el contenido más importante de sanción de inconstitucionalidad, es el planteo que apunta a que el Tribunal declare, que la forma en que el Concejo Deliberante de Neuquén resolvió el proceso de Reforma de la Carta Orgánica, a través de la figura de la enmienda, infraccionaría la misma Carta Orgánica Municipal y la Constitución Provincial, sería inconstitucional y habría que pronunciarse en tal sentido», detalló el presidente del TSJ.

Y agregó: «lo que tramitó hasta el 24 de octubre, que fue el día que se realizaron las elecciones municipales y la convocatoria del referéndum, fue exclusivamente la petición cautelar, de que no se realizara este referéndum el 24 de octubre». Pero aclaró que ahora se dictó una resolución que «lo que hace es darle continuidad al trámite de esa acción, de ninguna manera puede ser confundida con un pronunciamiento de fondo del Tribunal Superior sobre la cuestión de inconstitucionalidad».

«Lo que declara es que están reunidas todas las condiciones formales para avanzar en el trámite, y solicitarle a la Municipalidad de Neuquén, que en el término de 10 días, haga su descargo, presente sus argumentos, en relación a los planteos de inconstitucionalidad, que hay por el trámite llevado adelante en el Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, con la ordenanza de enmienda, y la posterior convocatoria a referéndum popular», confió sobre como seguirá el proceso de análisis.

Resta entonces, según explicó Busamia, que se analice lo que presente la Municipalidad, que con base en eso se expida el fiscal general y que luego el TSJ emita la sentencia final. «Faltan unos cuantos trámites, en el curso de este expediente de inconstitucionalidad, para que esté en condiciones y el Tribunal se pronuncie», aseguró.

Además, el presidente del TSJ aseguró que mientras tanto la ordenanza que establece la enmienda de la Carta Orgánica tiene vigencia. «Al no haberse accedido a suspender el acto eleccionario del día 24 de octubre, en rubro de Referéndum popular, no existe ningún obstáculo legal a que sean de aplicación las reglas generales para la vigencia de las ordenanzas», especificó.


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