Qué dijo defensa al consumidor tras la denuncia a un supermercado de Neuquén por «daño moral»

Una clienta denunció que fue obligada a abrir su cartera en plena línea de cajas. La Justicia condenó al supermercado por trato abusivo y fijó una indemnización.

Un fallo judicial en Neuquén condenó al supermercado Coto por obligar a una clienta a abrir su cartera en plena línea de cajas. La Justicia consideró que se trató de un trato abusivo y fijó una indemnización por daño moral, además de una multa civil contra la empresa. «Nadie se merece ser tratado de esta manera», afirmó Pablo Tomassini, director de Defensa al Consumidor, en RÍO NEGRO RADIO.

Escuchá a Pablo Tomassini en RIO NEGRO RADIO

https://www.rionegro.com.ar/wp-content/uploads/2025/09/Director-provincial-de-Proteccion-al-Consumidor-Pablo-Tomasini-11-09-2025-09.52-RN-Radio.mp3

El fallo judicial expuso una situación de humillación en Neuquén


Según el Ministerio Público de la Defensa, el episodio ocurrió el 20 de abril de 2023 cerca de las 18.40, cuando la mujer se dirigía a pagar sus compras. La cajera le exigió que abriera su cartera, a pesar de que no existía aviso previo ni precinto en el ingreso.

La clienta se negó y fue retenida por personal del supermercado, lo que derivó en la intervención policial. “Ella se niega a abrirla, se produce una escaramuza, se llama a la policía y le hacen abrir la cartera frente a toda la gente encontrándose que no tenía ningún objeto hurtado”, relató Tomassini.

La mujer describió el momento como “un atropello y una práctica abusiva”, denunciando que incluso sufrió un dolor en el brazo durante el forcejeo con la policía. La Defensoría advirtió que no existía normativa que avalara este procedimiento y que, de existir, “no resistirían el control de convencionalidad”.

En la demanda se remarcó que la empresa “no solo incumplió con el deber de informar de manera clara y anticipada a la consumidora sobre una exigencia interna, sino que además permitió que se desarrollara una escena de humillación en público”.


La Cámara de Apelaciones agravó la condena contra el supermercado


La jueza de primera instancia entendió que Coto incumplió con los deberes de información y trato digno previstos en la Ley de Defensa del Consumidor. También destacó que la empresa no respondió la demanda ni se presentó al proceso.

En consecuencia, la sentencia ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de una multa civil, al considerar que se trató de una conducta de “culpa grave”. Sin embargo, la consumidora apeló al considerar insuficiente el monto fijado.

Defensa del Consumidor destacó que el fallo busca generar conciencia en los comerciantes y en los consumidores. Foto ilustrativa: Cecilia Maletti.

La Cámara de Apelaciones amplió el fallo y elevó la suma de la reparación. Tomassini señaló que la denunciante “logró un fallo ejemplar, que nos permite decirles a este tipo de proveedores de servicios que tienen que cumplir con el deber de información concreta”.

Además, explicó que los comercios deben ofrecer alternativas claras al consumidor: “O te revisan la cartera de entrada o te dan un lugar donde guardarla o bolsa con precinto. Ellos tienen que ofrecerte un lugar seguro”.


Defensa al Consumidor advirtió sobre la falta de capacitación del personal


Tomassini criticó la manera en que se manejó la situación en la sucursal. “Tendrían que llevar a la persona a un lugar determinado y decirle que hubo algún movimiento sospechoso, pero no en un lugar expuesto», sostuvo.

Desde la cartera recordaron que ningún local puede revisar pertenencias sin consentimiento expreso ni carteles que lo informen de manera anticipada. Tomassini destacó que la sentencia se convirtió en un antecedente relevante en Neuquén, al establecer que procedimientos de control sin aviso previo constituyen una práctica abusiva que vulnera los derechos del consumidor.


Exit mobile version