Se reglamentó el RIMI: cuáles son los beneficios fiscales para las Pymes de la Patagonia

El Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones genera grandes beneficios fiscales para el entramado productivo de la región. Amortización acelerada de Ganancias y devolución anticipada de IVA, entre los más importantes.

Redacción

Por Redacción

Por Cra. Dayana Rivarola (Larrondo, Tonelli & Asoc.)

Creado por la Ley 27.802 y reglamentado mediante el Decreto 242/2026, el Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI) tiene como objetivo promover inversiones que contribuyan al crecimiento económico, el empleo y el fortalecimiento de las cadenas productivas.


Se trata de un régimen de alcance nacional, con beneficios fiscales concretos y condiciones definidas.
El régimen está dirigido a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, hasta el tramo 2 inclusive, que realicen inversiones productivas en el país. Es decir, busca dinamizar el entramado productivo local.


Para acceder a los beneficios del RIMI, los interesados deben contar, al inicio del ejercicio fiscal en que se efectivice la primera inversión, con el certificado MiPyme que acredite su condición. También podrán ser beneficiarias las entidades sin fines de lucro registradas en ARCA que cumplan los parámetros fijados.

¿Qué se considera inversión productiva?


El RIMI promueve inversiones vinculadas directamente con la actividad productiva. Entre ellas:


Adquisición, elaboración, fabricación e importación de bienes de capital nuevos (excepto automóviles).
La condición que establece la reglamentación es que clasifiquen en el Anexo I del Decreto 557/23 como Bienes de Capital (BK) o Bienes de Informática y Telecomunicaciones (BIT).


Construcción de obras vinculadas al proceso productivo.
En el caso de obras quedan comprendidas aquellas que, a la fecha de entrada en vigencia de dicha ley, posean un grado de avance inferior al treinta por ciento (30 %) del monto total de inversión de la obra. Se establece como condición que las mismas estén afectadas a la actividad del solicitante y se incluye además a los bienes muebles que integren o complementen la misma, con sus gastos de instalación.

Inversiones como sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, o mallas antigranizo quedan comprendidas dentro de los beneficios del RIMI sin necesidad de alcanzar los montos mínimos exigidos para el resto de los proyectos.


Un aspecto importante es que las inversiones deben realizarse dentro de los primeros dos años de vigencia del régimen. El plazo comienza a regir desde la sanción de la reglamentación por parte de ARCA, pendiente a la fecha. Estas inversiones, pueden diferir su puesta en marcha, incluso luego del vencimiento del plazo de los dos años para realizar la compra.

Montos mínimos de inversión


Para acceder a los beneficios, se establecen pisos mínimos según el tamaño de la empresa:
Microempresas: USD 150.000
Pequeñas empresas: USD 600.000
Medianas tramo 1: USD 3.500.000
Medianas tramo 2: USD 9.000.000


En particular, las inversiones destinadas a sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y bienes semovientes, quedan comprendidas dentro de los beneficios del RIMI sin necesidad de alcanzar los montos mínimos exigidos para el resto de los proyectos. Respecto a este tipo de bienes, la reglamentación dejó precisiones claras sobre qué se entiende por cada uno de ellos.

Dato

US$ 150.000
El piso mínimo de inversión para acceder a los beneficios del RIMI en el caso de las microempresas.


A los fines de su determinación, se considerará la sumatoria de cada una de las inversiones aplicables sobre los importes netos de IVA que surjan de las facturas o documentos equivalentes. En el caso de inversiones realizadas en moneda local, deberán convertirse a dólares estadounidenses utilizando el tipo de cambio comprador del BNA vigente al día hábil anterior a la fecha de la operación.

Beneficios fiscales


El principal atractivo del RIMI radica en sus incentivos fiscales, entre los que se destacan:


1. Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias
Bienes muebles: dos cuotas anuales, iguales y consecutivas.
Obras: en un plazo reducido, considerando una vida útil equivalente al 60% de la estimada.
Equipos de riego, eficiencia energética, bienes semovientes y mallas antigranizo: en una sola cuota.
Este esquema permite deducir más rápidamente el costo de las inversiones, generando un impacto positivo en el flujo de fondos de las empresas.


2. Devolución anticipada de IVA
Los créditos fiscales originados en las inversiones podrán solicitarse en devolución luego de transcurridos tres períodos fiscales mensuales. Aún se encuentran pendientes las normas operativas de implementación.

La reglamentación aclara que se establecerá un máximo del 50% equivalente al cupo anual otorgado para el beneficio, y luego se establecerá un orden de prelación de acuerdo a la antigüedad del saldo y magnitud.


La utilización de los beneficios procede en el ejercicio en el que se verifique la puesta en marcha de las inversiones.

Aspectos a considerar


Como todo régimen promocional, el RIMI establece ciertos requisitos y limitaciones:


Los bienes deben permanecer en el patrimonio de la empresa al menos dos años; de lo contrario, se pierden los beneficios.

En regiones como la Patagonia el régimen es clave para impulsar nuevas inversiones, y requiere planificación fiscal, financiera y estratégica.


No podrán acceder contribuyentes con deudas fiscales exigibles ni con antecedentes penales tributarios o económicos.


No es posible combinar este régimen con otros incentivos similares para una misma inversión (como el RIGI).

Una oportunidad que requiere planificación


El RIMI es una señal clara de política económica orientada a promover la inversión productiva. Sin embargo, su aprovechamiento no es automático.


En regiones como la Patagonia donde sectores como la energía, el agro y la industria presentan un alto potencial, el régimen puede consolidarse como una herramienta clave para impulsar nuevas inversiones. Su implementación requiere planificación fiscal, financiera y estratégica. El desafío no solo radica en acceder al beneficio, sino en integrarlo de manera eficiente.


Por Cra. Dayana Rivarola (Larrondo, Tonelli & Asoc.)

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