STJ ratificó condena por el crimen de policía de Pilcaniyeu

El tribunal descartó el recurso extraordinario presentado por el abogado de Maripi Paillalef, condenador por el crimen del subcomisario Alonso en abril del 2012.

JUDICIALES

Jairo Raúl Maripi Paillalef fue condenado a 20 años de prisión tras ser encontrado culpable del homicidio agravado, por el uso de arma de fuego, del subcomisario de Pilcaniyeu, Aníbal Alonso en abril de 2012.

Contra lo decidido, la defensa de Paillalef presentó un recurso extraordinario federal contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que ratificó su decisión a través del voto rector de la jueza Liliana Picinini y la adhesión de sus pares Adriana Zaratiegui y Sergio Barotto.

En la sentencia dinfundida por el Poder Judicial, Piccinini explica que “el análisis del escrito del recurso extraordinario federal y de la carátula inicial que lo acompaña permite advertir que el apelante no ha satisfecho la totalidad de los requisitos exigidos por la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema en donde fija las reglas para su interposición.”

Acerca de los fundamentos del recurso presentado, la jueza consideró que el condenado no se vió obligado a repelar una agresión por parte de la víctima y que para ello “consta el tratamiento dado a la dirección de los disparos, a la iluminación en el lugar de los hechos y al conocimiento del imputado de que daría en el cuerpo de aquella.”

Piccinini también señaló que Paillalef no puede acudir al recurso de “legítima defensa”, destacando que “el no acatamiento por parte del imputado del requerimiento de la autoridad en cuanto a la detención del vehículo, evidenciado en la persecución que debió emprender el subcomisario a alta velocidad por el pueblo y con las balizas del patrullero encendidas, se erige en una clara provocación a la autoridad. Más provocativo aún debió haber resultado la circunstancia de haberse bajado Maripi del R12 que conducía a la carrera y con su carabina en la mano, máxime cuando lo que Alonso esperaría en ese momento era que el sujeto a quien venía persiguiendo se detuviera y, eventualmente, al constatarse la existencia de un arma en su poder, que la entregara a la autoridad”.

Por último, la jueza del STJ rechazó el planteo de “arbitrariedad” por parte del abogado defensor ya que “se trata de cuestiones de hecho y prueba escrutados en la medida de lo revisable, como de derecho común, ajenos por regla al recurso extraordinario federal, sin que se demuestre o advierta la arbitrariedad denunciada”.

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